Empresas sin utilidad fiscal pueden no generar reparto de utilidades, advierten contadores
El Colegio de Contadores recordó que el pago de utilidades depende de la base fiscal declarada ante el SAT y no siempre existe obligación de reparto.

Tijuana BC.- Puede haber casos particulares de empresas que pueden no generar utilidad fiscal durante su declaración anual y, en consecuencia, no contar con base para el reparto de utilidades, señaló el Colegio de Contadores Públicos de Baja California (Ccpbc)
Su presidente, Juan Carlos Loaiza Hernández, explicó que el pago de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) se determina conforme a la utilidad fiscal reportada en la declaración anual.
Esa última, presentada por personas morales el pasado mes de marzo y personas físicas en abril.
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Utilidad fiscal
Subrayó que si bien normalmente una empresa sí genera una utilidad fiscal, misma que deriva la base para dicha prestación, puede haber casos en los que la declaración no sea favorable en el año fiscal.
Precisó que la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) contempla una mecánica específica para calcularla, la cual no siempre coincide exactamente con la utilidad total reportada por una empresa.
Hay una mecánica, con ciertas partidas particulares, para determinar la base de pago, sin embargo pudiera existir situaciones en donde la empresa no genera esa base y consecuentemente, no haya base para PTU”
Dijo.
Obligadas a integrar una comisión mixta de PTU
Loaiza Hernández refirió que las empresas están obligadas a integrar una comisión mixta de PTU, conformada por representantes patronales y trabajadores, mediante la cual debe informarse la base utilizada para el cálculo del reparto.
Enfatizó que en esas comisiones, se debe de dar a conocer a todos los empleados a través de la publicación la declaración anual de la empresa para constar la base y la utilidad que se debe de repartir.
A estas alturas todas las empresas debieron haber cumplido en forma y tiempo con la presentación de su declaración anual, y en este mes de mayo estamos en la época de presentar el reparto de utilidades a los trabajadores”
Mencionó.
Mecanismos de fiscalización electrónica
En casos de incumplimiento, aseveró que actualmente el Servicio de Administración Tributaria (SAT) mantiene mecanismos de fiscalización electrónica mediante CFDI, contabilidad digital y algoritmos de revisión.
Hoy en día es sumamente riesgoso que las empresas intenten eludir ingresos o deducciones porque toda la fiscalización se realiza por medios electrónicos”
Sostuvo Loaiza Hernández.
Además, recordó que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) puede imponer sanciones económicas a empresas que incumplan con esta obligación laboral.
Varían multas
Aclaró que las multas varían dependiendo del número de incidencias y tamaño de la plantilla laboral.
Reconoció que en algunos casos los trabajadores desconocen sus derechos relacionados con el reparto de utilidades, por lo que exhortó a solicitar información sobre el cálculo y acercarse a especialistas o autoridades laborales en caso de dudas.
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