Extrabajadores y eventuales sí tienen derecho a utilidades en 2025: AMCP
Aquellos que hayan estado en nómina el año pasado son elegibles a recibir el beneficio, siempre y cuando hayan laborado más de 60 días.

Tijuana, BC. -Los trabajadores que renunciaron o dejaron su empleo durante el año pasado tienen derecho a recibir utilidades este 2025, además de eventuales que hayan laborado al menos 60 días en el ejercicio fiscal anterior.
Juan Jorge Torres Sánchez,expresidente de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos (AMCP), recordó que esta prestación debe ser cumplida por todas las empresas para con sus colaboradores.
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En este presunto, explicó que los empleados que hayan estado en nómina durante el 2024 deben ser contemplados en el reparto de dicho recurso, independientemente de que actualmente no trabajen en la empresa.
Empresas obligadas a hacer un anuncio público
Para los extrabajadores, enfatizó que las empresas están obligadas a hacer un anuncio público, por ejemplo, en periódicos o medios digitales, indicando la fecha y lugar donde se entregarán las utilidades.
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“Sí trabajaron durante todo el año de 2024 tienen el derecho de recibir su reparto, siempre que hubieran estado trabajando hasta antes 01 de diciembre, los eventuales tendrán derecho siempre que hayan trabajado al menos 60 días”, recalcó.
El extitular de la AMCP, Torres Sánchez, detalló que el reparto de utilidades corresponde al 10% de las ganancias obtenidas por la empresa en el año fiscal anterior, mismo que están divididos en 2 partes.
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¿Cómo se reparten las utilidades?
La primera es en función del tiempo laborado por cada empleado y la segunda con base en el salario percibido, aunque existen topes legales que pueden limitar el monto recibido, dependiendo de la antigüedad y salario del trabajador.
Si el cálculo supera el promedio del salario de los últimos 3 años o 3 meses de sueldo, dijo, se tomará el monto mayor como límite para el reparto individual, lo cual puede reducir significativamente el beneficio recibido, advirtió.
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El reparto de utilidades corresponde al 10% de las utilidades obtenidas en el ejercicio anterior, la empresa está obligada a integrarlo o pagarlo a más tardar el 31 de mayo para morales, y la coordinación de personas físicas será en junio”, dijo.
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Recomendaciones a los trabajadores
Torres Sánchez recomendó a los trabajadores acercarse al departamento de finanzas o contabilidad para verificar los datos de la declaración anual, y así comprobar que el reparto sea justo ya que es un derecho a acceder a esa información.
En caso de sospechas sobre omisiones, pueden solicitar la intervención de la Secretaría del Trabajo, aunque sugirió agotar primero los canales internos para evitar conflictos innecesarios con el patrón.
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