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El Imparcial / Tijuana / Aguinaldo

Pago del aguinaldo debe depositarse antes del 20 de diciembre: Ccpbc

Los trabajadores con un año o más deberán recibir lo correspondiente a 15 días de salario.

Tijuana, BC.- El deposito del aguinaldo hacia los trabajadores no es negociable y se tiene que hacer más tardar el 20 de diciembre, aseveró la presidenta del Colegio de Contadores Públicos de Baja California (Ccpbc).

Norma Eugenia Robles Ulloa recordó que el aguinaldo es una prestación anual equivalente a 15 días de salario, gratificación que está contemplada en la Ley Federal del Trabajo (LFT).

Advirtió que el reparto dividido en fechas del agüinado, así como de otras prestaciones laborales como la prima vacacional o bonos, no es negociable y las empresas tienen que cubrir en su totalidad.

Pago solo en efectivo

Señaló que ha habido casos donde se busca negociar dicha prestación en dos partes, en especie y en efectivo, pero el pago debe ser únicamente en efectivo.

Todas las prestaciones establecidas con plazo no son negociables, son obligatorias y se tienen que cubrir, todo tiene que ser conforme a la Ley del Trabajo”, recalcó la presidenta del Colegio de Contadores Públicos Estatal.

El Imparcial: imagen de artículo

Quienes hayan cumplido el año o más de servicio para una empresa deberán recibir el aguinaldo equivalente a 15 días de salario como mínimo, puntualizó la contadora pública, Robles Ulloa.

Pago proporcional

Para los trabajadores que no han cumplido el año, mencionó que el aguinaldo se pagará de manera proporcional a la antigüedad que el colaborador registre desde que empezó a trabajar hasta el 20 de diciembre.

“Es proporcional al tiempo que tenga durante el año, aun cuando hayas trabajado de enero a diciembre el aguinaldo se sigue pagando en función a la antigüedad que tienes durante el ejercicio”, subrayó.

Robles Ulloa explicó que para calcular el monto que le corresponde a un colaborador puede realizar una regla de tres, dividiendo el pago quincenal entre los 365 días del año, el resultado multiplicándose por los días trabajados.

¿Qué pasas con las empresas que no pagan?

En materia de cumplimiento, señaló que son raras las ocasiones en las que las empresas no cumplen con el pago del aguinaldo, pero de llegar a presentarse el trabajador está en su derecho de interponer una demanda.

“En mi experiencia no me ha tocado ver empresas que no paguen, pero en caso que se dé el trabajador tiene la libertad de poner una demanda ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social”, dijo.

La titular del Ccpbc consideró que hay un alto nivel de cumplimiento en Baja California ya que la mayoría de empresas que se establecen en la región provienen de otros países o cuentan con capital extranjero.

Sobre el uso de esta prestación, exhortó a la población bajacaliforniana a generar un ahorro y destinar solo una parte a gastos como servicios o regalos para la época decembrina.

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