Saldo a favor debe darse en automático tras solicitud: Experto
La autoridad recaudatoria no ha sido tan ágil para realizar devoluciones, considera Gustavo Amezcua Gutiérrez.
Tijuana, BC.- Al entregar la solicitud de devolución ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), el saldo a favor debería de reflejarse en automático, aseveró el socio director del Despacho Amezcua y Álvarez Abogados, Gustavo Amezcua Gutiérrez.
“La práctica nos ha señalado que el SAT no es tan ágil para realizar las devoluciones, algunas se desprenden de las declaraciones anuales y puede variar dependiendo de muchos matices”, contó el experto.
El socio director del despacho comentó que el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación regula el derecho de los contribuyentes a solicitar las devoluciones, tanto de saldos a favor como de pagos de lo indebido.
Personas físicas
Para personas físicas, señaló Amezcua Gutiérrez, normalmente los saldos a favor suelen reflejarse de forma automática, aunque no descartó que en particulares pudiesen presentarse irregularidades.
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Apuntó que en el caso de que haya una negativa de devolución, los contribuyentes tienen al alcance los medios de defensa necesarios para que se garantice la devolución en tiempo y forma.
Amezcua Gutiérrez señaló que el programa tecnológico que cuenta la autoridad suele arrojar en automático las devoluciones y los montos, sin embargo el problema puede presentarse en el caso de contribuyentes más grandes.
El socio director del despacho Amezcua y Álvarez Abogados externó que por el impacto recaudatorio son los contribuyentes cautivos o la parte estable de quienes declaran impuestos.
Fundamentalmente se centra en grandes contribuyentes y en que el SAT en muchos casos ejerce sus facultades de comprobación para verificar el origen y procedencia del saldo a favor cuando tiene situaciones de duda al respecto”, explicó.
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