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El Imparcial / Tijuana / Abortos

Congreso rechaza la agilización de abortos

El Congreso del Estado promovió una controversia constitucional contra la Norma Oficial Mexicana (NOM) 046 que permite el aborto a las mujeres víctimas de violación sin presentar documentación alguna.

El presidente de la Mesa Directiva del Congreso Estatal, Rodolfo Olimpo Hernández Bojórquez, comentó que se interpuso el 9 de mayo en la Oficina de Correos en Mexicali.

Por lo tanto, debe estar a punto de ser presentada físicamente ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y ser admitida, añadió, puntualizando que se hizo la solicitud de suspensión provisional de la Norma.

La NOM 046 de la Secretaría de Salud se estableció a principios del presente año para que las autoridades sanitarias no exigieran a las víctimas de violación una autorización judicial para acceder a un aborto.

El procedimiento solamente advierte que la mujer que manifieste haber sido violada y recurra al aborto, sólo firme su consentimiento para poder practicarlo tras explicarle los riesgos que representa una intervención quirúrgica de esa naturaleza.

Hernández Bojórquez explicó que ya no hay necesidad de presentar testigos o ninguna documentación adicional porque solamente será suficiente el dicho de la persona que solicita el aborto para poder practicarlo.

Esto permitiría a cualquier mujer interrumpir su embarazo por medio del aborto, afirmó.

La Norma ya está en vigor, comentó, pero no se tiene conocimiento de que ya haya sido aplicada en Baja California.

Descartó que se haya aplicado en el Estado tomando en cuenta que la ley vigente a nivel local todavía considera un delito la práctica del aborto y a quien lo practique sin consentimiento del Ministerio Público.

En la controversia constitucional se argumenta a la SCJN la necesidad de que resuelva porque todos los estados tienen la autonomía y el peso jurídico de legislar en la materia.

Lo anterior, mientras el tema no esté plasmado en la Constitución Federal, agregó.

“Una Norma Oficial Federal no puede estar por encima de la Constitución del Estado y por ende, de nuestras leyes secundarias”, expresó.

Quien apele a esta norma estará incurriendo en un delito en Baja California, añadió Hernández Bojórquez.

“Definitivamente es una legalización en una Norma que no tiene el peso jurídico que le permita tener vigencia en la gran mayoría del País”, argumentó.

Los puntos relevantes de esta Norma publicada en el Diario Oficial de la Federación el pasado 24 de marzo de 2016 establecen lo siguiente:

•• El personal de Salud que participe en el procedimiento de interrupción voluntaria del embarazo no estará obligado a verificar el dicho de la solicitante, entendiéndose su actuación, basada en el principio de buena fe.

•• Si en el momento de la solicitud de atención no se pudiera prestar el servicio de manera oportuna y adecuada, se deberá referir de inmediato a la usuaria, a una unidad de salud que cuente con este tipo de personal y con infraestructura de atención con calidad.

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