Casi 6 mil actas entregadas en el primer semestre del 2024 en el Registro Civil
Del 1 de enero al 30 de junio de 2024 se han emitido un total de 5 mil 739 actas en sus diferentes categorías, tanto en las oficinas centrales como delegaciones y hospitales públicos.
Ensenada, B.C.- Del 1 de enero al 30 de junio de 2024, el Gobierno de Ensenada, mediante el Registro Civil 01, emitió un total de 5 mil 739 actas en sus diferentes categorías, tanto en las oficinas centrales como delegaciones y hospitales públicos (de nacimiento).
El presidente municipal Armando Ayala Robles afirmó que durante el primer semestre de este año, se han entregado 2 mil 700 registros de nacimiento, tanto el Registro Civil, como en oficinas delegacionales y centros de salud pública como Hospital General, IMSS, Issste e Issstecali.
Asimismo, añadió el alcalde, se han realizado los siguientes trámites: 576 actas de defunción, mil 17 de matrimonio, 381 de divorcio y 62 reconocimiento, para los cuales el personal municipal busca cumplir con la mejor atención para los y las ciudadanas que diariamente acuden al Registro Civil.
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Actas de nacimiento para la comunidad trans
Respecto a las actas de nacimiento para la comunidad trans que decide cambiar el género de su documento, la oficial del Registro Civil, Ayerim Magallón Granados, informó que sólo se han solicitado y entregado 3.
Indicó que los requisitos para obtener el acta de nacimiento acorde con su identidad de género, necesitan presentar los siguientes documentos:
- Copia certificada del acta de nacimiento primigenia
- Identificación oficial vigente ( INE, pasaporte, cédula profesional)
- Comprobante de domicilio
- Comparecencia
Lo anterior, dijo Magallón Granados, debido a que ese tipo de actas son un derecho humano que les brinda acceso a servicios médicos, expedición de pasaporte mexicano, obtención de licencia de conducir, identificación oficial, documentos escolares, entre otros, además que es un trámite es gratuito en la ciudad de Ensenada.
Finalmente, reiteró que esto está basado en los artículos 1, 133, 133 bis y 134 bis de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para el reconocimiento de la identidad de género.
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