
Infarto
El Tribunal Supremo advierte que un infarto sufrido camino al trabajo puede no ser reconocido como accidente laboral y dejar al trabajador sin protección si no prueba un vínculo directo con su empleo
El alto tribunal aclara que las crisis cardíacas ocurridas durante el trayecto al trabajo no cuentan con presunción de laboralidad y obligan al empleado a demostrar una relación directa con su actividad profesional.
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