Hombre que tenía leones en el techo de su casa en la CDMX se niega a entregarlos a la Profepa
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (
Profepa
) emitió acuerdo mediante el cual se solicita al poseedor de tres felinos, en la Colonia Viaducto Piedad, Ciudad de México, la entrega de los leones a los inspectores de esta Procuraduría para su traslado a una unidad de manejo especializada para su estancia y cuidados.
La medida del cambio de depositaria se ordenó mediante acuerdo que el propietario
se negó a recibir
, por lo cual se dejó citatorio para que el día de mañana se notifique e inmediatamente otorgue las facilidades a los inspectores para llevar a cabo las labores de contención y manejo de los tres leones asegurados.
La
Profepa
inició el procedimiento administrativo por presuntas violaciones a la Ley General de Vida Silvestre en materia de posesión de ejemplares de
fauna silvestre exótica
sin contar con la autorización y por faltas al trato digno y respetuoso a los organismos, pues a los felinos les fueron extraídas sus garras.
De persistir la negativa del inspeccionado el caso puede ser turnado a la
Procuraduría General de la República
por
delitos contra la biodiversidad y gestión ambiental
referidos en el Código Penal Federal.
El pasado 10 de octubre en atención a denuncias los inspectores de la Profepa cumplimentaron una orden de inspección en el domicilio de
Viaducto Piedad
, donde observaron que se mantenían en la azotea de la casa-habitación a tres leones africanos de aproximadamente año y medio de edad, sin contar con las instalaciones de albergue adecuadas para la estancia de los felinos, además de no contar con el registro y plan de manejo aprobado que exigen la
Ley General de Vida Silvestre
Aun y que el inspeccionado ha manifestado contar con los documentos u autorización de la
Semarnat
, hasta el momento no ha presentado las pruebas documentales a la Profepa por lo cual la medida de aseguramiento de los
tres leones
y su cambio de depositaria debe de cumplimentarse en lo inmediato.
El registro y plan de manejo son requisitos señalados en la Ley General de
Vida Silvestre
a fin de garantizar el trato digno y respetuoso de los animales y velar por la seguridad civil y de respuesta adecuada a cualquier contingencia.
La sanción en materia administrativa por faltar al trato digno y respetuoso a ejemplares de la vida silvestre consiste en
multa
por el equivalente de
20 a 5 mil veces la Unidad de Medida
y Actualización, acorde a la Ley General de Vida Silvestre.
Asimismo, el
Código Penal Federal
considera la
pena de uno a cuatro años
de prisión por la comisión de algún delito contra la gestión ambiental.
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