Señala abogado que pago obligatorio de empresas que pararon vence el 30 de abril
La Sana distancia se amplió en todo México hasta el 30 de mayo.

Alberto Sánchez Lujan, abogado laboralista de esta ciudad de Mexicali explica que a través de la situación actual en el estado y municipio por la pandemia y por comunicados de la Secretaría de salud y el Federal, que solo se pagará un mes de trabajo ya que la misma ley autoriza solo ese tiempo de pago salarial como causa de fuerza mayor.
El Abogado titular de “Sánchez Lujan y Asociados S.C” menciona que por la ampliación del resguardo domiciliario mencionado hasta el 30 de mayo aún existe la duda si habrá o no pagos de días adicionales de los que se habían establecido, y explica citando el Artículo 430 de la Ley Federal del Trabajo en el que dice:
“El Tribunal, con excepción de los casos a que refiere la Fracc. VII del artículo 427 en los que se refiere a contingencia”, el abogado pausa aclarando que esto no es contingencia, es causa de fuerza Mayor y continúa leyendo “con excepción de ello, al sancionar o autorizar la suspensión fijará la indemnización que deba pagarse a los trabajadores tomando en consideración, entre otras circunstancias, el tiempo probable de suspensión de sus trabajos y la posibilidad de que encuentren nueva ocupación sin que pueda exceder del importe de un mes de salario”.
Sánchez Lujan explica “con esta nueva ampliación, ya no hay fundamento legal para que se sigan pagando salarios”.
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