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Deben cambiar el discurso

La presidenta de México fue cuestionada sobre los actos vandálicos registrados tras el operativo para la detención de Nemesio Rubén Oceguera Cervantes.

Cosme Collignon

Claudia Sheinbaum Pardo, presidenta de México fue cuestionada sobre los actos vandálicos registrados tras el operativo para la detención de Nemesio Rubén Oceguera Cervantes, alias “El Mencho” en Tapalpa, Jalisco, el reportero los calificó como hechos terroristas. La mandataria federal negó que fueran actos terroristas el incendio de autos y camiones que además bloquearon carreteras y calles, menos cuando el secretario de Gobierno de Guanajuato, Jorge Jiménez Lona dijo que se habían detenido a 48 personas que serían acusadas de terrorismo.

Sheinbaum Pardo dijo: “Eso no es terrorismo, no sé cuál sea la valoración del secretario de Gobierno de Guanajuato, pero está perfectamente determinada en los códigos penales federal o el código de procedimientos penales federales, ese delito”. Agregó que “otra cosa es irrupción de vías de comunicación, daño en propiedad ajena, en fin, hay otros delitos, pero no tiene nada que ver con terrorismo”.

Voy a transcribir el artículo 139 deñ Código Penal Federal que habla de terrorismo:

Artículo 139

Se impondrá pena de prisión de quince a cuarenta años y multa de cuatrocientas a mil doscientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, sin perjuicio de las penas que correspondan por otros delitos que resulten:

(PÁRRAFO REFORMADO D.O.F. 07 DE JUNIO DE 2024)

• I. A quien utilizando sustancias tóxicas, armas químicas, biológicas o similares, material radioactivo, material nuclear, combustible nuclear, mineral radiactivo, fuente de radiación o instrumentos que emitan radiaciones, explosivos, o armas de fuego, o por incendio, inundación o por cualquier otro medio violento, intencionalmente realice actos en contra de bienes o servicios, ya sea públicos o privados, o bien, en contra de la integridad física, emocional, o la vida de personas, que produzcan alarma, temor o terror en la población o en un grupo o sector de ella, para atentar contra la seguridad nacional o presionar a la autoridad o a un particular, u obligar a éste para que tome una determinación.

• II. Al que acuerde o prepare un acto terrorista que se pretenda cometer, se esté cometiendo o se haya cometido en territorio nacional.

Fueron actos terroristas, pero vamos a los daños a la economía e inmuebles provocados por estos grupos. Hubo pérdidas millonarias según la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (Concanaco Servitur) señaló que el operativo donde fue abatido “El Mencho” y la violencia generada después en 20 estados de la República, tuvo un impacto económico de pérdidas entre mil 500 y 2 mil millones de pesos. Impactando a más de un millón de negocios en México.

*- El autor es periodista independiente.

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