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Un juez frena 82 artículos de la reforma laboral de Milei por inconstitucionalidad, bloqueando cambios en indemnizaciones, el sistema de “banco de horas” y el fraccionamiento de vacaciones para evitar daños irreparables en millones de trabajadores

Un juez federal suspende 82 artículos de la reforma laboral de Javier Milei en Argentina.

Un juez frena 82 artículos de la reforma laboral de Milei por inconstitucionalidad, bloqueando cambios en indemnizaciones, el sistema de “banco de horas” y el fraccionamiento de vacaciones para evitar daños irreparables en millones de trabajadores

ARGENTINA.- La transformación del mercado de trabajo en Argentina ha encontrado un obstáculo legal determinante. Este lunes 30 de marzo de 2026, el juez Raúl Ojeda, titular del Juzgado Nacional del Trabajo N° 63, dictó una medida cautelar que suspende parcialmente la ambiciosa reforma laboral impulsada por el gobierno de Javier Milei.

La decisión judicial pone un freno inmediato a la aplicación de 82 artículos de la Ley 27.802, tras considerar que existen riesgos reales de vulnerar derechos fundamentales protegidos por la Constitución Nacional.

Este fallo surge como respuesta a un reclamo formal de la Confederación General del Trabajo (CGT), organización que argumentó la inconstitucionalidad de la normativa. Según los expedientes judiciales difundidos por fuentes oficiales del Poder Judicial de la Nación, el magistrado advirtió sobre la presencia de “indicios serios y graves” que sugieren una regresión en la protección de los trabajadores. El objetivo de esta pausa legal es evitar daños irreversibles en millones de contratos laborales mientras se analiza el fondo de la ley.

El presidente de Argentina, Javier Milei, asiste a la ceremonia celebrada por el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, para conceder a título póstumo la Medalla de la Libertad a Charlie Kirk en el Jardín de las Rosas de la Casa Blanca en Washington, D.C., Estados Unidos. 14 oct, 2025. REUTERS/Kevin Lamarque

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Los pilares suspendidos: ¿Qué cambió para el trabajador?

La resolución afecta puntos neurálgicos que buscaban flexibilizar la relación entre empleadores y empleados. Si usted es trabajador o empleador en Argentina, estos son los cambios que, por ahora, no podrán aplicarse:

  • Indemnizaciones por despido: Quedó suspendido el plan para excluir el aguinaldo y premios del cálculo de la liquidación, así como la posibilidad de pagar dichas indemnizaciones en cuotas.
  • Estatus de trabajadores de apps: No se podrá considerar a quienes laboran en plataformas digitales como “prestadores independientes”; mantienen su protección bajo el régimen laboral tradicional.
  • Teletrabajo y jornada: Se mantiene vigente la Ley de Teletrabajo actual y se frena la creación de “bancos de horas” que permitían modificar horarios sin convenios colectivos.
  • Protección judicial: Se restablece el principio in dubio pro operario, el cual obliga a los jueces a fallar a favor del empleado en caso de duda sobre la interpretación de una norma.
El presidente argentino Javier Milei ordenó acciones fuertes contra manifestantes violentos ante la posible reforma laboral que extenderá la jornada diaria a 12 horas de trabajo. | AP

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El impacto en la actividad sindical y el derecho a huelga

La medida cautelar también protege aspectos colectivos que el gobierno buscaba limitar para reducir la conflictividad. El juez Ojeda frenó las restricciones impuestas a las asambleas en los lugares de trabajo y los límites al derecho de huelga.

Asimismo, quedó sin efecto la normativa que pretendía reemplazar las indemnizaciones tradicionales por un Fondo de Asistencia Laboral (FAL) o fondo de cese, un sistema similar al que utiliza el sector de la construcción. Para la justicia, eliminar el sistema actual sin un análisis profundo vulnera el principio de progresividad laboral y la libertad sindical.

¿Qué busca el gobierno argentino con la Ley 27.802?

A pesar de este revés, el núcleo de la reforma de Javier Milei, que consta de más de 200 artículos, continúa vigente en sus aspectos no suspendidos. El Poder Ejecutivo sostiene que estas medidas son herramientas indispensables para “modernizar un mercado rígido” y atraer inversiones extranjeras. Los pilares de su proyecto incluyen:

  1. Reducción de costos empresariales: Facilitar contrataciones y bajar la cantidad de juicios laborales.
  2. Fomento del empleo formal: Combatir los altos niveles de informalidad en el país mediante una mayor flexibilidad.
  3. Prioridad de acuerdos por empresa: Que las negociaciones individuales de cada compañía tengan peso sobre los convenios generales de toda una rama industrial.

“La reforma podría representar una regresión en los derechos laborales individuales y colectivos”, señaló el magistrado en su fallo para justificar la necesidad de proteger el artículo 14 bis de la Constitución.

¿Qué sigue ahora en el proceso judicial?

Es importante entender que esta suspensión es una medida cautelar, es decir, una protección temporal mientras se dicta una sentencia definitiva. El Gobierno nacional ya cuenta con la facultad de apelar esta decisión ante instancias superiores para intentar reactivar los artículos frenados.

Para el ciudadano común, esto significa que el marco legal que rige su empleo hoy vuelve a ser, en gran parte, el que existía antes de la reforma en los puntos mencionados. El debate sobre la modernización laboral en Argentina sigue abierto, pero ahora bajo la estricta vigilancia del Poder Judicial.

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