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INE ordena bajar y sustituir spots de Xóchitl Gálvez por no especificar precampaña

El organismo dio un plazo de seis horas para quitar tres anuncios, en atención a las peticiones de varias instancias, entre ellas Morena

INE ordena bajar y sustituir spots de Xóchitl Gálvez por no especificar precampaña

CIUDAD DE MÉXICO, México.- La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ha dictaminado que los partidos Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD) deben retirar y reemplazar tres anuncios de la precandidata presidencial opositora Xóchitl Gálvez que fueron transmitidos por televisión.

Esta decisión se basa en la falta de cumplimiento de los requisitos para la etapa de precampaña, ya que no se aclara que Gálvez es precandidata o miembro de dichos partidos.

La Comisión de Quejas del INE atendió cuatro medidas cautelares presentadas por una ciudadana y tres partidos políticos, respectivamente, por presunta comisión de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, calumnia, y actos anticipados de campaña.

También: uso indebido de recursos públicos y de la pauta, así como posible vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda electoral, y al interés superior de la niñez.

Morena denunció a Gálvez

El partido Morena denunció a Gálvez Ruiz y al PAN y PRD por la difusión de los promocionales de televisión denominados “PRE REP FED HISTORIA XG V3”, “PRE REP FED HISTORIA XG V2”, y “XICHITL” en los que, a decir del quejoso, no se identifica el estatus de la denunciada, y constituyen posible calumnia y aparece una menor.

La Comisión consideró, bajo la apariencia del buen derecho, que los materiales denunciados, pautados para el periodo de precampañas del actual proceso comicial federal, no cumplen con el requisito establecido en el artículo 211, numeral 3 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Lgipe).

Abundó en que se debe señalar la calidad de precandidata de Gálvez Ruiz de manera expresa, tanto por medios gráficos como auditivos, razón por la cual estimó que los materiales denunciados pueden considerarse una sobreexposición de la denunciada, lo que justifica la procedencia de la medida cautelar.

Lo anterior implica que los partidos denunciados deberán sustituir los promocionales, en un plazo no mayor a seis horas, y las concesionarias de televisión que estén obligadas a la transmisión, deberán detenerla en un plazo que no podrá exceder de doce horas.

Determinan algunos fallos como improcedentes

Respecto a la tutela preventiva, la Comisión de Quejas del INE determinó improcedente ordenar al PAN y al PRD que se abstengan de realizar todo acto de propaganda calumniosa o actos anticipados de campaña en la producción de sus promocionales en radio y televisión, al tratarse de hechos futuros de realización incierta.

Respecto a la aparente vulneración al interés superior de la niñez, el colegiado concluyó que no resulta procedente suspender dicho promocional, pues del análisis a la imagen mencionada se estima que no corresponde a una persona menor.

En lo referente a la calumnia, se estimó que ninguna de las expresiones contenidas en los spots se refiere a Morena, sino que se refieren a hechos propios de la denunciada, por lo que no hay afectación al partido, de ahí la improcedencia de ordenar el retiro.

Pese a lo anterior, usuarios de redes partidarios de la precandidata compartieron las publicaciones, como @Melissa_Bely:

Fuente: X @Melissa_Bely

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