FGR puede continuar trámites para extraditar a Karime Macías: Tribunal Federal
Un juzgado federal falló que la FGR puede proceder con la extradición de Karime Macías, en coordinación con las autoridades inglesas, para ejecutar la orden de aprehensión por su presunta responsabilidad en daño patrimonial por 112 mdp.

CIUDAD DE MÉXICO.- Un juzgado federal falló que la Fiscalía General de la República puede proceder con la extradición de Karime Macías Tubilla, en coordinación con las autoridades inglesas, para ejecutar la orden de aprehensión por su presunta responsabilidad en el delito de daño patrimonial por 112 millones de pesos.
El periódico MILENIO consultó la resolución del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, el cual remarca que la suspensión provisional concedida a quien fuera cónyuge del gobernador de Veracruz únicamente evita que México la entregué a otra nación, medida cautelar que fue verificada.
Recientemente Erick Zabalgoitia Novales, juez Décimo Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal, otorgó a Macías Tubilla la suspensión provisional, por lo que la FGR la consideró un freno al proceso de extradición con Inglaterra.
Sin embargo, los magistrados del Cuarto Tribunal Colegiado resolvieron por unanimidad que el argumento de la Fiscalía de que dicha suspensión interrumpiría el Tratado de Extradición es infundado.
En el fallo se lee lo siguiente:
Basta la lectura del proveído recurrido para advertir que bajo ninguna circunstancia el juez de Distrito se pronunció al respecto, ni mucho menos puso límite alguno a un procedimiento de extradición extranjero y menos aún, al procedimiento que la quejosa enfrenta en Inglaterra, pues como ella misma lo afirma en la demanda de amparo, ese procedimiento no es el acto reclamado”.
En el amparo interpuesto por la exesposa de Javier Duarte se esgrime que la FGR pidió evidencias a la Fiscalía del Estado de Veracruz que se incluirían en un proceso de extradición del que ella no tiene conocimiento.
En la demanda de garantías se señala ”Llama poderosamente la atención de la suscrita, que las pruebas solicitadas y novedosas incorporadas en la nueva solicitud de extradición tienen como característica especial que fueron obtenidas contraviniendo en forma sustantiva derechos humanos en mi perjuicio, al actualizarse la figura jurídica denominada ‘efecto corruptor’”.
No obstante, el Tribunal Colegiado remarcó que sobre tales argumentos el juzgador "no los consideró al fijar el acto reclamado, en el auto de admisión en el cuaderno principal, ni al fijar la litis suspensional en el incidente respectivo. Y al respecto podría argumentarse que tal proceder del juzgador resultaría una incongruencia procesal por resolver menos de lo pedido, pero ello, al margen de lo correcto o incorrecto, no corresponde repararlo o confirmarlo a este Tribunal Colegiado al resolver este recurso de queja, máxime que fue interpuesto por la autoridad responsable, y la parte quejosa, a quien pudo perjudicar tal decisión del juez, no vino al recurso. Por tanto, la litis suspensional fijada por el juez de Distrito queda firme”.
Finalmente, a pesar de que el Tribunal reafirmó la suspensión, esta solo exime a Karime Macías de que México la entregue a otro país, pero actualmente ninguno ha solicitado su arresto.
Con información de Milenio
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