¿Te pueden despedir por tomar una incapacidad? Esto dice la ley y así puedes denunciar
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) ofrece orientación gratuita a quienes enfrentan un conflicto laboral.

¿Te pueden despedir por incapacidad médica en México? Una enfermedad o un accidente no justifican por sí solos un despido, pero la protección laboral depende de las circunstancias y del tipo de incapacidad.
La Ley Federal del Trabajo (LFT) contempla la suspensión temporal de las obligaciones laborales durante determinados periodos de incapacidad y establece condiciones específicas para terminar la relación de trabajo cuando una limitación física o mental impide prestar el servicio.
La referencia legal es la Ley Federal del Trabajo publicada por la Cámara de Diputados, cuya última reforma indicada en el documento consultado es del 15 de enero de 2026.
Los artículos 42, 43 y 45 regulan la suspensión de la relación laboral; el 53 establece causas de terminación, y los artículos 478, 479 y 480 definen distintos tipos de incapacidad. Estas disposiciones son de ámbito federal y deben interpretarse según las condiciones de cada caso.
¿Me pueden despedir si tengo una incapacidad del IMSS?
No existe una autorización general para despedir a una persona por el simple hecho de presentar una incapacidad médica. El artículo 47 de la LFT enumera las causas de rescisión de la relación de trabajo sin responsabilidad para el patrón, y tener una enfermedad o sufrir un accidente no aparece, por sí solo, como una de ellas.
El artículo 42, fracción II, contempla la incapacidad temporal ocasionada por un accidente o una enfermedad que no constituya un riesgo de trabajo como causa de suspensión temporal de las obligaciones de prestar el servicio y pagar el salario. Para los riesgos de trabajo también existen disposiciones específicas.
Durante una suspensión legal, el vínculo laboral no desaparece automáticamente. Sin embargo, esto no significa que cualquier separación sea necesariamente un despido injustificado: deben revisarse el motivo alegado, los documentos médicos, las circunstancias de la separación y las disposiciones aplicables.

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) ofrece orientación gratuita a quienes enfrentan un conflicto laboral.
¿Qué diferencia hay entre incapacidad temporal y permanente?
La LFT distingue las incapacidades según sus efectos sobre las facultades y aptitudes de la persona trabajadora. Esta diferencia importa porque no todas las situaciones médicas producen las mismas consecuencias laborales. LFT
- Incapacidad temporal: pérdida de facultades o aptitudes que imposibilita parcial o totalmente desempeñar el trabajo durante algún tiempo. Está definida en el artículo 478.
- Incapacidad permanente parcial: disminución de las facultades o aptitudes para trabajar, conforme al artículo 479.
- Incapacidad permanente total: pérdida de facultades o aptitudes que imposibilita desempeñar cualquier trabajo por el resto de la vida, según el artículo 480.
Una incapacidad temporal no equivale a una declaración de incapacidad permanente. Tampoco debe suponerse que una incapacidad permanente parcial impide realizar cualquier actividad laboral: sus efectos dependen de las limitaciones y de las funciones que la persona pueda desempeñar.
¿Cuándo puede terminar la relación laboral por motivos de salud?
El artículo 53, fracción IV, de la LFT contempla como causa de terminación la incapacidad física o mental, o la inhabilidad manifiesta del trabajador, cuando haga imposible la prestación del trabajo.
Esta disposición no significa que cualquier enfermedad permita dar por terminado el contrato. Debe existir una situación que encuadre en el supuesto legal y que haga imposible prestar el servicio; por ello, es necesario analizar las circunstancias concretas.
El artículo 54 establece las consecuencias económicas cuando la terminación se produce por la causa prevista en esa fracción. Si la persona no puede desempeñar su trabajo, también debe considerarse la posibilidad de asignarle otro empleo compatible con sus aptitudes, cuando así lo permita la situación.
¿Qué pagos corresponden si la terminación se debe a una incapacidad?
La ley contempla una indemnización específica para este supuesto, distinta de la que corresponde al despido injustificado.
| Concepto | Qué establece la LFT |
|---|---|
| Indemnización por la causa del artículo 53, fracción IV | Un mes de salario, conforme al artículo 54 |
| Prima de antigüedad | 12 días de salario por cada año de servicios, conforme a los artículos 54 y 162, con las reglas y límites legales aplicables |
| Otro puesto de trabajo | Debe considerarse si la persona lo solicita y es posible asignarle uno compatible con sus aptitudes |
| Prestaciones pendientes | Deben revisarse y cubrirse las cantidades devengadas que correspondan |
La aplicación de estas disposiciones depende de que la terminación efectivamente se encuentre en el supuesto legal. No debe confundirse este escenario con un despido injustificado, que tiene consecuencias distintas.
¿Qué puedo reclamar si me despiden durante una incapacidad médica?
Si la empresa te separa del puesto mientras estás incapacitado, puedes solicitar una revisión legal para determinar si la decisión fue injustificada y qué prestaciones corresponden.
La PROFEDET señala que, ante un despido injustificado, la persona trabajadora puede solicitar la reinstalación o una indemnización de tres meses de salario, además de las prestaciones que procedan. La opción y los pagos aplicables deben determinarse conforme a la ley y a las circunstancias del caso. Profedet
Entre los derechos que pueden reclamarse, según corresponda, están:
- Reinstalación: solicitar el regreso al empleo en las condiciones legalmente aplicables.
- Indemnización constitucional: tres meses de salario cuando proceda por despido injustificado.
- Prestaciones pendientes: como aguinaldo, vacaciones y prima vacacional devengados.
- Salarios vencidos: cuando procedan conforme a las reglas y los límites establecidos en la LFT.
- Prima de antigüedad: si se cumplen los supuestos legales para recibirla.
Estos conceptos no se conceden automáticamente en todos los casos. La autoridad laboral deberá determinar cuáles corresponden de acuerdo con la causa de separación y las pruebas disponibles.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un despido injustificado?
El artículo 518 de la LFT establece un plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de separación para ejercer las acciones laborales correspondientes al despido.
Por eso, si te notifican una baja o te impiden regresar al trabajo, conviene buscar asesoría cuanto antes. No es recomendable esperar hasta el final del plazo para reunir documentos o iniciar el procedimiento.
¿Qué documentos conviene conservar?
- Certificados de incapacidad emitidos por la institución de seguridad social.
- Avisos de alta médica, cuando existan.
- Contrato laboral, recibos de nómina y comprobantes de prestaciones.
- Correos, mensajes o documentos relacionados con la baja o la negativa de acceso al centro de trabajo.
- Cualquier aviso de rescisión o comunicación entregada por la empresa.
No firmes una renuncia voluntaria ni documentos cuyo contenido no comprendas bajo presión. Si ya firmaste algo, solicita asesoría para conocer sus efectos legales.
¿Dónde puedo pedir asesoría laboral gratuita?
La PROFEDET brinda orientación y asesoría gratuita en asuntos de su competencia. Puedes consultar sus servicios y medios de contacto en el portal oficial de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo.
Si el conflicto corresponde a una competencia local, también puedes acudir al centro de conciliación laboral de tu entidad. En Sinaloa, el Centro de Conciliación Laboral del Estado puede ser una vía de orientación para conocer el procedimiento aplicable.
Antes de iniciar una reclamación, es importante distinguir si se trata de una suspensión temporal, una terminación por incapacidad que encuadre en el artículo 53, fracción IV, o un despido injustificado. Esa diferencia determina qué derechos pueden exigirse y qué procedimiento debe seguirse.
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