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¿Te cobran comisión por pagar con tarjeta? Profeco señala que esto es una práctica ilegas y esto es lo que puedes hacer si te pasa

Pagar con tarjeta de crédito o débito no debería aumentar el precio anunciado por un producto o servicio.

¿Te cobran comisión por pagar con tarjeta? Profeco señala que esto es una práctica ilegas y esto es lo que puedes hacer si te pasa

La práctica puede encontrarse en restaurantes, comercios, consultorios y otros establecimientos que agregan porcentajes de 3%, 5% o incluso más al momento de cobrar con tarjeta.

Sin embargo, avisar previamente que existe ese recargo no elimina la obligación de respetar el precio total anunciado.

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) reiteró el 30 de julio de 2025 que los establecimientos deben absorber el costo de las comisiones relacionadas con el uso de sus terminales punto de venta y no trasladarlo directamente al cliente.

¿Es ilegal cobrar comisión por pagar con tarjeta en México?

Sí, de acuerdo con el criterio de Profeco. La dependencia señala que trasladar al consumidor la comisión por utilizar una terminal punto de venta constituye una violación a la Ley Federal de Protección al Consumidor.

El artículo 7 de la ley establece que los proveedores deben informar y respetar los precios, tarifas, cargos y condiciones ofrecidos.

Por su parte, el artículo 7 Bis dispone que el precio exhibido debe corresponder al monto total que debe pagar el consumidor, incluidos los conceptos adicionales relacionados con la operación.

Por ejemplo, si un establecimiento anuncia un producto en 1,000 pesos, no debería cobrar 1,030 o 1,050 pesos únicamente porque el cliente decidió pagar con tarjeta.

La comisión que cobre el banco o la empresa responsable de procesar la operación al establecimiento forma parte de los costos de operación del negocio.

Durante el año pasado, Condusef atendió mil 409 denuncias por cobros irregulares en tarjetas de crédito y débito.

¿Qué pasa si el negocio avisa que cobra 3% por pagar con tarjeta?

El aviso no hace válido el recargo.

Un letrero como “pagos con tarjeta más 3%” o “se cobra comisión por uso de terminal” no sustituye la obligación de mostrar y respetar el precio total de venta.

La diferencia es importante: un comercio puede establecer sus precios considerando sus costos de operación, pero no debe agregar posteriormente al consumidor una comisión por utilizar la terminal bancaria.

Además, los contratos entre comercios y proveedores de servicios de pago pueden establecer condiciones sobre el traslado de esas comisiones. En cualquier caso, para el consumidor, el punto central es que el precio anunciado debe ser respetado.

¿Qué hacer si un negocio cobra comisión por pagar con tarjeta?

Si te aplicaron un recargo, lo recomendable es conservar evidencia de la operación. Esto puede facilitar que Profeco identifique el establecimiento y revise el caso.

Procura conservar:

  • Ticket, factura o comprobante de pago.
  • Fotografía del precio anunciado.
  • Fotografía del aviso donde se indique la comisión, si existe.
  • Nombre y domicilio del establecimiento.
  • Fecha y hora de la compra.
  • Porcentaje o cantidad cobrada adicionalmente.
  • Comprobante bancario donde aparezca el monto de la operación.

También es recomendable verificar que el monto cobrado en la terminal coincida con el total que aparece en la cuenta y mantener la tarjeta bajo tu control durante la operación.

¿Dónde se puede denunciar el cobro de comisión?

La inconformidad puede presentarse ante la Profeco mediante sus canales de atención. El Teléfono del Consumidor es:

  • 55 5568 8722, para Ciudad de México y zona metropolitana.
  • 800 468 8722, para el resto del país.

También existe Concilianet, aunque su utilización depende de que el proveedor esté incorporado al programa y del tipo de controversia que se pretenda resolver.

Es importante distinguir entre presentar una queja para buscar una solución a un problema de consumo y denunciar una práctica comercial para que la autoridad la revise.

¿De cuánto es la multa por cobrar comisión con tarjeta?

Las sanciones no consisten en una cantidad fija que se cobre automáticamente por cada caso. Profeco debe determinar la infracción y considerar elementos como la gravedad de la conducta, el daño causado, la reincidencia, la intencionalidad y la capacidad económica del proveedor.

Para 2026, las multas previstas en el artículo 127 de la Ley Federal de Protección al Consumidor van de 760.89 pesos hasta 2 millones 434 mil 847.42 pesos, de acuerdo con la actualización publicada en el Diario Oficial de la Federación.

La cantidad que eventualmente corresponda a un establecimiento dependerá de las circunstancias particulares del procedimiento; por ello, el monto máximo no significa que todos los negocios que cobren una comisión reciban automáticamente esa sanción.

¿Qué dice la ley sobre el precio que debe pagar el consumidor?

La regla que resulta especialmente relevante es que el precio informado al consumidor debe ser claro y corresponder al monto total de la operación.

Por eso, si un establecimiento anuncia un precio y únicamente modifica el importe porque el cliente utiliza una tarjeta, el consumidor puede documentar el cobro y acudir a Profeco.

En términos prácticos, la comisión por utilizar la terminal no debe convertirse en un recargo sorpresa para el consumidor. Si el negocio necesita considerar ese costo, debe hacerlo dentro de la estructura de sus precios, respetando las obligaciones de información y protección al consumidor.

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