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Tribunal de Michoacán se declara incompetente en acusación de Grecia Quiroz en contra de Gerardo Fernández Noroña; caso escalará al TEPJF

Este criterio fue determinante para cerrar la vía en el ámbito local.

Tribunal de Michoacán se declara incompetente en acusación de Grecia Quiroz en contra de Gerardo Fernández Noroña; caso escalará al TEPJF

MÉXICO.- El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán resolvió por mayoría que no tiene competencia para analizar la queja presentada por la alcaldesa de Uruapan, Grecia Quiroz, contra el senador Gerardo Fernández Noroña, a quien acusa de presuntos actos de violencia política en razón de género.

La decisión, tomada en sesión pública el 16 de abril y basada en el proyecto de la magistrada Yurisha Andrade Morales, se sustenta en que la edil no llegó al cargo mediante elección popular, lo que —según la interpretación mayoritaria— impide encuadrar el caso como un asunto de derechos político-electorales.

La resolución se apoyó en los votos de Eric López Villaseñor y Adrián Hernández Pinedo, indicó El Universal.

La queja de Grecia Quiroz se originó por declaraciones públicas del senador Fernández Noroña en redes sociales, donde —según la denuncia— la calificó como “fascista” y cuestionó su legitimidad para ejercer el cargo. Foto: Cuartoscuro

¿Por qué el Tribunal se declaró incompetente?

El argumento central del fallo es que la alcaldesa ocupa el cargo como sustituta y no mediante el voto ciudadano. Bajo esa lógica, el Tribunal consideró que no existe una afectación directa a derechos político-electorales.

Durante la sesión, la magistrada ponente explicó:

“No cuenta con el respaldo del voto ciudadano, por lo cual no es posible reconocer la incidencia alguna en sus derechos político electorales”.

Este criterio fue determinante para cerrar la vía en el ámbito local.

¿Qué denunció la alcaldesa de Uruapan?

La queja de Grecia Quiroz se originó por declaraciones públicas del senador Fernández Noroña en redes sociales, donde —según la denuncia— la calificó como “fascista” y cuestionó su legitimidad para ejercer el cargo.

Además, la alcaldesa aseguró que durante una visita al Senado de la República fue víctima de un acto que describió como:

“un acto de intimidación pública no espontáneo con una estrategia dolosa para humillarla en un espacio del Poder Federal”.

También señaló que los señalamientos en su contra están relacionados con su condición de mujer, lo que, a su juicio, configura violencia política de género.

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¿Hubo opiniones en contra dentro del Tribunal?

Sí. La decisión no fue unánime. La presidenta del Tribunal, Amelí Gissel Navarro Lepe, votó en contra al considerar que, aunque no fue electa, la alcaldesa sí ejerce funciones públicas y debe tener acceso a la protección de sus derechos.

En la misma línea, la magistrada Alma Rosa Bahena Villalobos sostuvo que:

  • La alcaldesa desempeña plenamente el cargo
  • Tiene responsabilidades constitucionales
  • Debe contar con mecanismos de defensa en materia electoral

Estas posturas abren el debate sobre el alcance de la protección institucional para funcionarios que no llegan al cargo por voto directo.

¿Qué contexto político rodea este caso?

El conflicto ocurre en un entorno político complejo en Michoacán. La alcaldesa ha señalado previamente a figuras políticas como Raúl Morón y Leonel Godoy en relación con el homicidio de su esposo, ocurrido en noviembre de 2025.

Aunque estos señalamientos no forman parte directa de la resolución del Tribunal, sí forman parte del contexto en el que se desarrolla la disputa.

La alcaldesa rechazó el fallo y lo calificó como una decisión injusta. En redes sociales expresó:

“El Estado me exige cumplir con el 100% de las obligaciones constitucionales… pero me niega el 100% de mis derechos para acceder a la justicia”.

También anunció que no detendrá su proceso legal y que buscará que el caso sea revisado por una instancia superior.

¿Qué sigue ahora en el proceso?

Grecia Quiroz adelantó que impugnará la resolución ante la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Esto significa que el caso pasará al ámbito federal, donde se analizará si:

  • El Tribunal local aplicó correctamente la ley
  • Existe o no materia electoral en la denuncia
  • Se deben proteger los derechos de la funcionaria

El caso ahora se traslada al ámbito federal, donde se definirá si la alcaldesa puede continuar su denuncia por la vía electoral.

La resolución será clave para entender cómo se protegen los derechos de quienes ejercen cargos públicos sin haber llegado por voto directo.

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