Suprema Corte falló a favor de los autos multados y estableció que el plazo para un amparo iniciará cuando el dueño se entere de la infracción, un criterio que cambió la defensa legal en México: ¿Aplica para todas las multas o hay excepciones?
La SCJN fijó un criterio clave: si el propietario no fue notificado, el plazo para impugnar una multa puede iniciar cuando se entere. No elimina sanciones, pero cambia cómo defenderse legalmente.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió un tema que durante años generó dudas entre conductores, propietarios de vehículos y tribunales en México: ¿desde cuándo comienza el plazo para presentar un amparo contra una multa de tránsito cuando quien cometió la infracción no es el dueño del auto?
De acuerdo con el criterio emitido por el Máximo Tribunal al resolver una contradicción de criterios entre tribunales colegiados, el plazo legal no necesariamente inicia cuando se levanta la multa o se notifica al conductor, sino desde que el propietario del vehículo tiene conocimiento efectivo de la sanción.
Esta resolución, basada en criterios oficiales del Poder Judicial, busca garantizar el derecho de defensa de los propietarios, quienes en muchos casos terminan obligados a pagar multas que no cometieron directamente.
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¿La SCJN eliminó las multas de tránsito o ahora será más fácil evitarlas?
No. La decisión no elimina las multas ni permite ignorarlas.
Lo que resolvió la Corte es un tema estrictamente legal y procesal: el momento en que comienza a correr el plazo para impugnar una sanción mediante amparo.
Esto implica que:
- La multa sigue siendo válida
- La autoridad mantiene la facultad de cobrarla
- El propietario puede impugnarla si detecta irregularidades
- El cambio solo afecta el inicio del plazo legal para defenderse
En redes sociales han circulado versiones que aseguran que “ahora será más fácil evitar multas”, pero esa interpretación es incompleta y puede resultar engañosa. El criterio no elimina sanciones, solo ajusta el derecho a defenderse.

¿Por qué la Suprema Corte tuvo que intervenir?
El caso llegó a la SCJN porque existían posturas contradictorias entre tribunales del país.
Algunos tribunales sostenían que:
- El plazo para promover un amparo iniciaba cuando se notificaba la multa al conductor
Mientras que otros consideraban que:
- El plazo debía comenzar cuando el propietario del vehículo conocía la infracción
La Corte intervino para unificar este criterio y dar certeza jurídica, ya que el propietario es quien generalmente asume la responsabilidad económica.
¿Desde cuándo empieza el plazo para presentar un amparo?
Con este nuevo criterio:
- Si el conductor no es el dueño del vehículo
- Y el propietario no fue notificado directamente
- El plazo puede comenzar cuando el dueño se entera de la multa
En México, el plazo para promover un amparo indirecto suele ser de 15 días hábiles, contados desde que la persona afectada tiene conocimiento del acto que busca impugnar.
Este ajuste busca que el derecho de defensa sea real, es decir, que una persona pueda defenderse cuando efectivamente sabe que existe una sanción en su contra.
¿A quién beneficia este nuevo criterio?
Principalmente a propietarios que no estaban conduciendo el vehículo al momento de la infracción o que nunca fueron notificados.
Entre los casos más comunes:
- Autos prestados a familiares o amigos
- Vehículos de empresas
- Flotillas o autos de trabajo
- Multas captadas por cámaras o radares
En todos estos escenarios, el dueño puede enterarse días o incluso semanas después, lo que antes podía dejarlo fuera del plazo para defenderse.
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¿Aplica automáticamente para todas las multas?
No. Este criterio no se aplica de forma automática.
Para que sea útil en un caso concreto, deben cumplirse ciertas condiciones:
- Que el propietario no haya sido notificado formalmente
- Que no exista evidencia de que conocía la multa antes
- Que pueda demostrar cuándo se enteró
- Que decida promover un amparo
Además, cada caso debe ser analizado individualmente por un juez.
¿Qué debe hacer un propietario si descubre una multa tarde?
Si te enteras de una multa tiempo después, puedes tomar estas acciones:
- Revisar la fecha en que se emitió la infracción
- Confirmar si hubo notificación directa
- Documentar cuándo tuviste conocimiento
- Consultar a un abogado para evaluar un amparo
El criterio de la SCJN no cancela la multa, pero sí puede abrir la posibilidad de impugnarla si el plazo legal no había comenzado correctamente.
¿Este criterio ya es obligatorio para todos los jueces?
La resolución surge de una contradicción de criterios, lo que permite unificar interpretaciones en tribunales.
Sin embargo, su aplicación depende de factores como:
- Su publicación formal como tesis
- Si se convierte en jurisprudencia obligatoria
- El análisis específico de cada caso
En la práctica, funciona como una guía clave para los jueces al momento de determinar desde cuándo contar el plazo.

¿Por qué es importante este fallo para los conductores?
Porque reconoce un problema frecuente en México: el propietario del vehículo es responsable de la multa, pero no siempre es quien comete la infracción ni quien recibe la notificación.
La Corte estableció que el derecho de defensa debe ser efectivo, no solo formal. Por eso, el plazo para impugnar no puede correr si la persona afectada no sabía que existía una sanción.
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Qué cambia realmente con esta decisión
- No desaparecen las multas
- No se facilita automáticamente evitarlas
- Sí se fortalece el derecho a defenderse
- El plazo puede comenzar desde que el dueño se entera
Se trata de un ajuste en la forma en que se cuentan los tiempos legales, no de una eliminación de sanciones.
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