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Descuentos a empleados vía nómina: ¿Cuándo son legales y qué dice la Ley Federal del Trabajo?

La LFT es clara al respecto: el salario es el sustento del trabajador y goza de una protección especial.

CIUDAD DE MÉXICO.- — En el ecosistema laboral mexicano, una de las dudas más recurrentes entre los trabajadores y una de las áreas de mayor conflicto para los departamentos de Recursos Humanos es la aplicación de descuentos al salario. ¿Puede mi jefe cobrarme por una caja que faltó? ¿Es legal que me multen por no llegar a la meta de producción?

La Ley Federal del Trabajo (LFT) es clara al respecto: el salario es el sustento del trabajador y goza de una protección especial.

De acuerdo con el marco legal vigente, los descuentos están prohibidos de manera general, salvo excepciones muy puntuales que deben cumplir con requisitos rigurosos para no vulnerar los derechos fundamentales de los empleados.

El principio de integridad del salario

El artículo 110 de la LFT establece como regla general que “los descuentos en los salarios de los trabajadores, están prohibidos”. Este principio busca evitar abusos de poder por parte del patrón que dejen al trabajador sin el recurso necesario para su subsistencia y la de su familia.

Sin embargo, la ley reconoce que existen compromisos adquiridos o situaciones excepcionales donde el descuento es procedente. A continuación, detallamos los casos específicos donde la ley permite retenciones:

1. Pago de deudas contraídas con el patrón

Este es el caso más común cuando se solicitan anticipos de salario, se cometen errores de cálculo o se presentan pérdidas de equipo. Sin embargo, no es un cheque en blanco para la empresa.

  • Límite de monto: La cantidad exigible no podrá ser mayor del importe de los salarios de un mes.
  • Porcentaje de descuento: El descuento no podrá ser mayor del 30% del excedente del salario mínimo. Es decir, si un trabajador gana el salario mínimo, no se le puede descontar nada por este concepto.

2. Pago de rentas

Cuando el patrón proporciona vivienda al trabajador (en términos del artículo 151), el descuento no podrá exceder del 15% del salario.

3. Abonos a préstamos del INFONAVIT o FONACOT

Las retenciones para el pago de créditos de vivienda o préstamos de consumo personal son legales y obligatorias para el patrón una vez recibida la notificación de las instituciones.

4. Cuotas sindicales y fondos de ahorro

El pago de cuotas ordinarias para sindicatos o las aportaciones voluntarias a cajas de ahorro constituidas legalmente son procedentes, siempre que el trabajador haya manifestado su voluntad.

5. Pensiones alimenticias

En caso de una orden judicial por una demanda de alimentos, el patrón está obligado a retener el porcentaje que el juez determine para entregarlo a los beneficiarios.

¿Me pueden cobrar por errores, faltantes o pérdidas?

Esta es la “zona gris” donde más abusos se cometen. La Ley Federal del Trabajo permite el descuento por “pérdidas, averías o errores”, pero bajo condiciones estrictas:

  • Responsabilidad comprobada: El patrón debe demostrar que el daño fue causado directamente por el trabajador debido a negligencia o dolo. No se puede cobrar de forma generalizada a un grupo de personas por un faltante en un inventario si no se individualiza la responsabilidad.
  • Aceptación del trabajador: Lo ideal es que exista un convenio donde el trabajador reconozca el error y acepte el descuento.
  • El límite del 30%: Como se mencionó anteriormente, el descuento mensual no puede asfixiar la economía del empleado. Si el daño es de 5,000 pesos y el 30% del excedente de su salario son 500 pesos, el cobro deberá realizarse de forma parcial durante varios meses hasta liquidar la deuda.

Nota importante: Bajo ninguna circunstancia el descuento puede reducir el ingreso del trabajador por debajo del Salario Mínimo General vigente.

La prohibición absoluta de las “Multas” por producción

Es una práctica común, aunque totalmente ilegal, que algunas empresas apliquen “multas” económicas a sus empleados por no cumplir con cuotas de producción, por retardos o por “mala actitud”.

El Artículo 107 de la LFT es tajante: “En ningún caso podrá imponerse multa a los trabajadores, cualquiera que sea su causa o concepto”.

Si una empresa tiene problemas de productividad o puntualidad, cuenta con otras herramientas legales de disciplina, tales como:

  1. Amonestaciones verbales o escritas.
  2. Suspensión de labores sin goce de sueldo: Según el Reglamento Interior de Trabajo, esta suspensión no puede exceder de 8 días. Aquí no se “descuenta” dinero por una multa, sino que el trabajador no percibe salario porque no se presenta a laborar como sanción administrativa.
  3. Rescisión de contrato: Si las faltas son graves y acumuladas según el artículo 47.

Aplicar una multa económica es una violación directa que puede derivar en multas cuantiosas para el patrón ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

Puntos clave que el trabajador debe vigilar

Para evitar ser víctima de deducciones indebidas, El Imparcial recomienda revisar los siguientes puntos en sus recibos de nómina:

  • Identificación del concepto: Todo descuento debe tener un nombre claro (Ej. “Préstamo personal”, “Cuota sindical”). No deben aceptarse conceptos vagos como “Ajuste” o “Varios”.
  • Transparencia en el saldo: Si se trata de un préstamo o pago por daño, el patrón debe informar cuánto se ha pagado y cuánto resta.
  • Firmas de conformidad: No firme recibos de nómina si no está de acuerdo con los descuentos aplicados.

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¿Qué hacer en caso de descuentos injustificados?

Si usted detecta que le están aplicando descuentos que no entran en las categorías legales o que exceden los porcentajes permitidos, existen instancias gratuitas de apoyo:

  • PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo): Brinda asesoría legal gratuita y mediación entre empleado y patrón.
  • Centros de Conciliación Laboral: Antes de ir a un juicio, se debe agotar esta instancia para intentar llegar a un acuerdo sobre la devolución de los montos retenidos ilegalmente.

El salario es irrenunciable. Conocer estas disposiciones no solo protege el bolsillo del trabajador, sino que fomenta una cultura de cumplimiento y respeto dentro de las empresas en Sonora y todo México.

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