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Ya es oficial: la Suprema Corte avala que las rentas no podrán subir más que la inflación, declara constitucional el tope anual a los aumentos y establece que la medida protege el derecho a la vivienda frente al encarecimiento del suelo y la gentrificación

El Pleno confirmó que el límite anual es válido, protege el derecho a la vivienda y no vulnera derechos de propietarios, al resolver un amparo contra la reforma al Código Civil

Ya es oficial: la Suprema Corte avala que las rentas no podrán subir más que la inflación, declara constitucional el tope anual a los aumentos y establece que la medida protege el derecho a la vivienda frente al encarecimiento del suelo y la gentrificación

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el tope anual al aumento de rentas, que impide incrementos por encima de la inflación del año anterior, es constitucional y compatible con el derecho a la vivienda digna.

De acuerdo con información publicada por La Jornada, el Pleno de ministros resolvió el amparo en revisión 546/2025 y validó el contenido del artículo 2448 D del Código Civil, vigente desde agosto de 2024.

¿Qué determinó la Suprema Corte sobre el aumento de rentas?

La Corte sostuvo que limitar el incremento anual de las rentas de vivienda no vulnera derechos de los propietarios y, por el contrario, constituye una medida legislativa que ayuda a garantizar el acceso a la vivienda como derecho humano protegido por la Constitución.

Durante la discusión, se analizó el impacto del aumento sostenido en el costo del suelo y los procesos de gentrificación, fenómenos que pueden provocar desplazamiento de población por el encarecimiento del mercado inmobiliario.

La ministra Lenia Batres Guadarrama señaló que en los últimos 20 años el costo del suelo se ha incrementado en un 800 por ciento. Indicó que medidas regulatorias como la avalada permiten un equilibrio entre una ganancia justa para propietarios y la protección de quienes viven en inmuebles en arrendamiento.

También expuso que ha disminuido el porcentaje de personas que habitan vivienda propia: en el año 2000, el 71 por ciento de los habitantes eran dueños del inmueble que ocupaban, mientras que para 2020 la cifra se redujo al 50 por ciento.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó que los casos de mujeres acusadas de secuestro se analicen obligatoriamente con perspectiva de género e interseccionalidad. | Crédito: X @HugoAguilarOrti/Canva

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Registro de contratos de arrendamiento, aún en análisis

Quedó pendiente la discusión relacionada con el Registro de contratos de arrendamiento, ya que se prevé la presentación de un nuevo proyecto con ajustes por parte del ministro presidente Hugo Aguilar.

La resolución se da en un contexto de debate nacional sobre el acceso a la vivienda, la regulación del mercado inmobiliario y las medidas legislativas para evitar desplazamientos derivados del aumento sostenido en los precios de renta.

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