Proponen en el Congreso de la CDMX reconocer el embarazo en niñas menores de 14 años como violencia de género
La propuesta se encuentra actualmente en análisis en las Comisiones Unidas de Igualdad de Género y de Administración y Procuración de Justicia del Congreso local.

México.- Una iniciativa presentada en el Congreso de la Ciudad de México propone que el embarazo en niñas menores de 14 años sea reconocido oficialmente como violencia de género, con el objetivo de fortalecer la protección integral de la niñez en la capital.
La propuesta plantea reformas a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal local, bajo el argumento de que en este grupo de edad no puede existir consentimiento válido, por lo que estos casos estarían vinculados a delitos sexuales y a relaciones de poder desiguales.
Una red de protección para las niñas capitalinas
La iniciativa fue impulsada por la diputada Tania Larios, del Partido Revolucionario Institucional (PRI), quien manifestó su preocupación ante el incremento de menores de 14 años que llegan a hospitales y centros de salud para dar a luz.
De aprobarse, el embarazo infantil se clasificaría formalmente como una forma de violencia sexual y de género, lo que implicaría nuevas obligaciones para el Estado en materia de:
- Prevención y detección temprana
- Atención médica, psicológica y jurídica integral
- Generación de estadísticas específicas
- Diseño de políticas públicas con enfoque de género y derechos humanos
La propuesta se encuentra actualmente en análisis en las Comisiones Unidas de Igualdad de Género y de Administración y Procuración de Justicia del Congreso local.
Su eventual entrada en vigor dependerá del dictamen correspondiente y su publicación en la Gaceta Oficial.
Un problema nacional con impacto regional
Cada año se registran miles de nacimientos en madres menores de 15 años en México. Las cifras más elevadas se concentran en entidades como:
- Estado de México
- Chiapas
- Veracruz
Especialistas en derechos de la infancia subrayan que el marco legal nacional establece que toda relación sexual con menores de 14 años constituye violación, lo que jurídicamente invalida cualquier consentimiento.
Colectivos feministas y organizaciones civiles han criticado el uso del término “embarazo adolescente” cuando se trata de niñas menores de 14 años, al considerar que esa denominación invisibiliza la violencia sexual y puede diluir la responsabilidad penal de los agresores.
Estas agrupaciones insisten en la necesidad de nombrar estos casos como lo que son: expresiones de violencia de género.

Riesgos médicos y consecuencias sociales
Expertos en medicina advierten que el embarazo en edades tan tempranas incrementa significativamente el riesgo de:
- Complicaciones obstétricas
- Mortalidad materna y neonatal
- Afectaciones en el desarrollo físico
Además, tiene consecuencias profundas en el desarrollo emocional, educativo y económico de las niñas, perpetuando ciclos de pobreza, exclusión y violencia.
Con esta iniciativa, la capital mexicana busca reforzar una postura institucional que rechaza la maternidad infantil como resultado de una decisión libre, y la reconoce como una problemática estructural que exige respuesta estatal.
¿Cuáles son las penas del abuso infantil en la CDMX?
El Código Penal de la Ciudad de México, tras diversas reformas recientes, contempla sanciones severas para delitos cometidos contra menores de edad, particularmente en materia sexual y de violencia familiar.
A continuación, un resumen de las principales penas:
1. Abuso Sexual Infantil
Se configura cuando se realizan actos sexuales sin intención de cópula contra una persona menor de edad o incapaz de comprender el hecho.
- Pena base: 6 a 15 años de prisión.
- Agravantes: Puede aumentar hasta en una mitad (superando los 20 años) si hay violencia física o moral, o si el agresor es familiar, tutor o docente.
- Pederastia: En casos de abuso con relación de poder, las penas pueden alcanzar hasta 24 años de prisión.
2. Violación y Violación Equiparada
- Violación: 8 a 20 años de prisión cuando existe violencia física o moral.
- Violación equiparada: 8 a 30 años de prisión cuando hay cópula con persona menor de 15 años, incluso sin violencia aparente, debido a la imposibilidad legal de consentimiento pleno.
3. Violencia Familiar y Maltrato
- Violencia familiar: 6 meses a 4 años de prisión, además de la pérdida del derecho a pensión alimenticia y la obligación de tratamiento psicológico.
- Homicidio en razón de parentesco: 10 a 30 años de prisión si el maltrato deriva en la muerte del menor.
4. Otros delitos relacionados
- Pornografía infantil: 10 a 21 años de prisión, dependiendo de la edad de la víctima.
- Corrupción de menores: 5 a 10 años, con agravantes si interviene delincuencia organizada o trata.
- Lenocinio infantil: 12 a 23 años, según las circunstancias del caso.
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