Abuso sexual en México: Todo lo que cambia con la nueva reforma al Código Penal Federal aprobada por Diputados
La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad reformas al Código Penal Federal que transforman la forma en que se persigue y sanciona el abuso sexual en el país.

El dictamen, turnado al Ejecutivo Federal para su publicación, establece que este delito se perseguirá de oficio, elimina cualquier posibilidad de interpretar el silencio como consentimiento y aumenta las penas hasta en una tercera parte cuando exista una relación de confianza entre agresor y víctima.
Con 431 votos a favor, el pleno de la Cámara de Diputados dio luz verde a modificaciones sustanciales a los artículos 260 y 266 Bis del Código Penal Federal.
La minuta, que ahora deberá ser promulgada por el presidente de la República para entrar en vigor, representa un cambio de paradigma en la procuración de justicia para víctimas de violencia sexual.
¿Qué se considera abuso sexual según la nueva definición legal?
La reforma establece con claridad qué actos constituyen este delito.
De acuerdo con el dictamen aprobado, comete abuso sexual cualquier persona que, sin consentimiento de la víctima y sin intención de llegar a la cópula, realice actos de naturaleza sexual en el ámbito público o privado.
La ley especifica que el abuso sexual incluye:
- Tocamientos, caricias y roces corporales
- Exhibiciones o representaciones sexuales explícitas
- Obligar a la víctima a observar actos sexuales
- Forzar a la víctima a ejecutar actos sexuales sobre sí misma, sobre el agresor o sobre un tercero
- Obligar a la víctima a exhibir su cuerpo con fines sexuales
#ÚLTIMAHORA | Las y los diputados aprueban el proyecto de decreto por el que se reforma el Código Penal Federal, en materia de abuso sexual. pic.twitter.com/boDIiqZjbf
— H. Cámara de Diputados (@Mx_Diputados) February 18, 2026
¿Qué validez tiene el consentimiento y cuándo se considera nulo?
Uno de los avances más significativos de la reforma es la precisión sobre qué significa realmente consentir.
La ley establece que no existe consentimiento cuando la voluntad de la persona haya sido anulada o viciada por:
- Violencia física, psicológica o moral
- Intimidación o amenazas
- Engaño o abuso de confianza
- Abuso de autoridad o aprovechamiento de una situación de vulnerabilidad
El punto central que introduce la reforma es contundente: “El consentimiento no podrá presumirse del silencio, la pasividad o la falta de resistencia física de la víctima”.
Esta precisión elimina cualquier interpretación judicial que pudiera justificar conductas abusivas argumentando que la víctima “no dijo que no” o “no se resistió lo suficiente”.
La sanción base para este delito será de tres a siete años de prisión, más una multa de 200 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). En 2024, esto equivale aproximadamente a entre 21,700 y 54,300 pesos.
Pero la ley también incorpora medidas de reinserción social específicas. La persona sentenciada tendrá la obligación de:
- Asistir a talleres reeducativos con perspectiva de género y no violencia contra las mujeres
- Prestar servicio social en favor del Estado o de instituciones de beneficencia pública
Estas medidas no son un simple agregado: El cumplimiento de esta obligación será determinante para que el agresor pueda acceder a la suspensión condicional de la condena o mantener ese beneficio.
Además, el juez deberá ordenar la reparación integral del daño, que incluye atención psicológica especializada para la víctima hasta su total recuperación, conforme a lo establecido en la Ley General de Víctimas.
¿En qué casos aumenta la pena?
La reforma prevé que las sanciones aumenten en una tercera parte cuando el delito se cometa en circunstancias específicas.
Esto significa que la pena podría llegar hasta nueve años y cuatro meses de prisión.
Las agravantes aplican cuando:
- Exista violencia física, psicológica o moral
- Participen dos o más personas
- El hecho ocurra en lugar despoblado, solitario o poco accesible
- Exista o haya existido una relación de confianza, sentimental, laboral, educativa, docente, deportiva, artística o religiosa entre agresor y víctima
- Haya parentesco por consanguinidad o afinidad
- El agresor tenga bajo su responsabilidad la custodia, guarda, tutela, cuidado o dependencia económica de la víctima
- Se cometa por persona servidora pública aprovechando su cargo (con destitución e inhabilitación adicional)
- Se realice por profesionista aprovechando su empleo (con inhabilitación profesional por el mismo plazo que la pena de prisión)
- Se cometa por ministro de culto aprovechando su función
- La víctima esté bajo efectos de alcohol, fármacos o narcóticos que afecten su voluntad
- La víctima se encuentre en estado de embarazo o puerperio
- Se cometa contra personas por su orientación sexual, identidad de género o expresión de género
- La víctima esté en estado de indefensión

¿Qué significa que el delito se persiga de oficio?
Este cambio es fundamental para entender el alcance de la reforma; hasta ahora, muchos delitos sexuales requerían que la víctima presentara una denuncia formal para que las autoridades comenzaran a investigar.
Con la nueva disposición, el abuso sexual se perseguirá de oficio.
Esto significa que una vez que cualquier autoridad tenga conocimiento del hecho, por denuncia de la víctima, por reporte de un familiar, por conocimiento de un médico o incluso por nota periodística, el Ministerio Público está obligado a iniciar la investigación sin necesidad de esperar a que la víctima ratifique su deseo de proceder legalmente.
El dictamen aprobado argumenta que estas modificaciones fortalecen la coherencia del marco jurídico vigente y contribuyen a una aplicación más eficaz del derecho penal en materia de delitos sexuales.
Según el documento legislativo, la nueva tipificación del delito resulta más completa y clara, la agrupación de todas las agravantes en un solo artículo facilita su interpretación jurídica, lo que debería traducirse en procesos judiciales más ágiles y con menos espacios para la discrecionalidad.
Los legisladores subrayan que los talleres reeducativos con perspectiva de género constituyen una medida de seguridad adecuada para buscar la no repetición del delito, sin que esto represente un doble castigo para el sentenciado.
¿Qué sigue para que esta ley entre en vigor?
La minuta ya fue turnada al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.
Una vez que la presidenta promulgue la ley y se publique en el Diario Oficial de la Federación, las reformas entrarán en vigor al día siguiente en todo el territorio nacional, específicamente para los delitos del orden federal.
La votación unánime en la Cámara de Diputados, 431 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, refleja el consenso político en torno a la necesidad de actualizar el marco legal para proteger con mayor eficacia a las víctimas de violencia sexual y cerrar espacios de impunidad.
Sigue nuestro canal de WhatsApp
Recibe las noticias más importantes del día. Da click aquí
Te recomendamos

Iniciativa de diputados busca elevar sentencias de hasta 120 años de prisión por secuestro de niños menores de 3 años

Diputado de Morena propone eliminar el cobro por imprimir estados de cuenta bancarios; esto es lo que debes saber

Cámara de Diputados aprueba por unanimidad reforma para tipificar acoso y hostigamiento sexual como faltas graves en el servicio público

Jornada laboral sigue siendo un tema discutido en el Senado, pero muchos trabajadores se preguntan ¿Cómo se van a pagar las horas extra cuando se reduzca la semana a 40 horas?

Grupo Healy © Copyright Impresora y Editorial S.A. de C.V. Todos los derechos reservados