Edición México
Suscríbete
Ed. México

El Imparcial / México / SCJN

Suprema Corte falló a favor de los concubinos y eliminó el requisito de tener 5 años comprobables de relación o un hijo en común para pedir la pensión, pero todavía se necesitarán cumplir con ciertos criterios para obtenerla

El fallo abre la puerta a nuevos criterios, pero también deja dudas sobre cómo se acreditará la relación y el impacto financiero para el sistema.

Suprema Corte falló a favor de los concubinos y eliminó el requisito de tener 5 años comprobables de relación o un hijo en común para pedir la pensión, pero todavía se necesitarán cumplir con ciertos criterios para obtenerla

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cambió un criterio que se mantenía desde 2007 y resolvió que el requisito de cinco años de convivencia o tener un hijo en común para obtener una pensión por concubinato en el ISSSTE es inconstitucional.

La decisión, aprobada por mayoría calificada en el Pleno, reconoce la evolución de los modelos de familia en México y considera que ese requisito vulnera derechos como la igualdad y la protección de la familia.

De acuerdo con la información publicada por La Jornada, el proyecto fue elaborado por el ministro Irving Espinosa Betanzo y aprobado con seis votos a favor y dos en contra.

El caso se originó por la solicitud de pensión de un viudo cuya pareja pensionista del ISSSTE falleció en 2022. Aunque un juez familiar reconoció el concubinato, el instituto negó la pensión por no cumplirse el plazo de cinco años, lo que llevó a un amparo que finalmente llegó a la Corte.

¿Qué resolvió exactamente la SCJN sobre la pensión por concubinato?

El Pleno declaró inconstitucional exigir un mínimo de cinco años de convivencia o la existencia de hijas o hijos para acceder a la pensión por concubinato en el ISSSTE.

El ministro ponente consideró que ese requisito es “irracional” porque los vínculos familiares y afectivos no necesariamente se forman a partir de un plazo fijo.

Te puede interesar: IMSS e Issste: Estos pensionados podrían pagar ISR al SAT desde febrero 2026 por ajuste de la UMA

En su análisis, la Corte concluyó que imponer ese tiempo vulnera el derecho a la igualdad y discrimina a parejas que deciden no casarse.

La resolución invalida el criterio obligatorio que había sido respaldado por jurisprudencia entre 2008 y 2015, cuando la extinta Segunda Sala consideró constitucional ese requisito.

¿Significa que ya no habrá ningún plazo mínimo para acreditar concubinato?

La Corte eliminó el requisito de cinco años, pero no fijó un nuevo plazo mínimo para acreditar el concubinato.

El ministro ponente subrayó que esa definición corresponde al Poder Legislativo. Por ahora, la resolución abre la posibilidad de que cada caso se analice de acuerdo con pruebas que acrediten la relación, mientras el Congreso define un nuevo marco legal.

En el país ya existen criterios distintos en las leyes estatales. Por ejemplo:

  • Tres años en Jalisco, Querétaro, Durango y Chiapas
  • Dos años en Zacatecas, Aguascalientes, Tamaulipas y Ciudad de México
  • Un año en Estado de México y Tabasco

Esto muestra que no existe un estándar único a nivel nacional.

¿Por qué la Corte consideró inconstitucional el requisito?

La mayoría del Pleno sostuvo que el modelo de familia ha cambiado y que el derecho debe reconocer nuevas formas de unión.

El ministro Espinosa Betanzo señaló que exigir cinco años para acceder a la pensión vulnera el libre desarrollo de la personalidad y la protección de la familia.

La ministra Loretta Ortiz afirmó que el modelo tradicional de familia ha evolucionado y que la Corte debe responder a esa realidad.

Te puede interesar: Pensión IMSS e ISSSTE 2026: Claudia Sheinbaum confirma el aumento automático al 100% mediante el Fondo de Pensiones para el Bienestar y revela el calendario oficial de pagos para febrero

El ministro Arístides Guerrero García respaldó el cambio con datos del INEGI que muestran una disminución en los matrimonios. Señaló que la baja en la nupcialidad no implica que no existan uniones, sino que el concubinato se usa con mayor frecuencia.

Una minoría de ministras expresó preocupación por el impacto financiero en el ISSSTE.

¿Qué argumentos hubo en contra del fallo?

Una minoría de ministras expresó preocupación por el impacto financiero en el ISSSTE.

La ministra Lenia Batres advirtió que eliminar el requisito de cinco años podría generar un riesgo presupuestal para el sistema de pensiones, ya que permitiría que más personas soliciten el beneficio sin un criterio temporal objetivo.

También se señaló que el aumento potencial de beneficiarios podría dificultar la previsión de cargas pensionarias futuras.

Por su parte, la ministra María Estela Ríos cuestionó que la disminución del matrimonio implique necesariamente un aumento del concubinato y sostuvo que esta forma de unión ha existido históricamente, especialmente entre la clase trabajadora.

¿Cómo surgió el caso que llegó a la Corte?

El asunto inició con la solicitud de pensión de un viudo que mantuvo una relación de concubinato desde 2019 con una trabajadora pensionista del ISSSTE, quien falleció en 2022.

En 2023, un juez familiar reconoció la existencia del concubinato. Sin embargo, en enero de 2024 el ISSSTE negó la pensión por no cumplirse el requisito de cinco años.

El afectado obtuvo un amparo en noviembre de 2024 y la revisión del caso fue atraída por el Pleno de la Corte en 2025, lo que derivó en el cambio de criterio.

¿Qué cambia para las parejas en concubinato que buscan pensión?

El fallo elimina el requisito automático de cinco años o de tener hijos en común. Sin embargo, no significa que la pensión se otorgue de forma inmediata sin pruebas.

Las personas que soliciten la pensión deberán acreditar la relación de concubinato por otros medios, mientras el Congreso define un nuevo plazo o criterios claros.

Para quienes viven en concubinato y están afiliados al ISSSTE, la resolución puede abrir la posibilidad de reclamar derechos de seguridad social que antes estaban limitados por el requisito temporal.

Te puede interesar: Pago de pensiones IMSS e Issste en febrero de 2026: Fechas oficiales, calendario anual y puntos clave

¿Qué falta por definir tras la resolución?

El principal punto pendiente es que el Poder Legislativo establezca un nuevo marco legal que defina cómo se acreditará el concubinato para efectos de pensión.

También queda abierto el debate sobre el impacto financiero en el ISSSTE y sobre la necesidad de equilibrar el reconocimiento de nuevos modelos de familia con la viabilidad del sistema de pensiones.

La resolución marca un cambio de criterio relevante en materia de seguridad social y familia, pero su aplicación concreta dependerá de las reformas legales que se realicen en los próximos meses o años.

Sigue nuestro canal de WhatsApp

Recibe las noticias más importantes del día. Da click aquí

Temas relacionados