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Cuando la ley no existe, la Corte protege: la Suprema Corte ordena registrar de inmediato a bebés nacidos por gestación sustituta en México

Aunque no exista una ley específica, la Suprema Corte ordena a jueces y autoridades validar acuerdos sin conflicto, prevenir abusos y dar certeza jurídica inmediata a bebés nacidos por gestación sustituta

Cuando la ley no existe, la Corte protege: la Suprema Corte ordena registrar de inmediato a bebés nacidos por gestación sustituta en México

México — La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que las autoridades de la Ciudad de México deben garantizar la expedición de actas de nacimiento a bebés nacidos mediante gestación sustituta, aun cuando no exista una legislación específica que regule esta práctica. La decisión busca proteger de forma prioritaria el interés superior de la niñez y evitar que un vacío legal derive en vulneraciones de derechos fundamentales, con información dada por la SCJN.

¿Qué ordenó la Suprema Corte?

El máximo tribunal estableció que la ausencia de una ley no puede ser motivo para negar el registro civil de niñas y niños nacidos por gestación sustituta. Por ello, jueces y autoridades administrativas están obligados a analizar cada caso concreto y validar los acuerdos de gestación siempre que no exista conflicto entre las partes ni indicios de explotación o abuso.

La Corte dejó claro que el acta de nacimiento es un derecho esencial, ya que permite el acceso a servicios de salud, identidad jurídica, educación y protección del Estado desde el primer momento de vida.

Foto: Generada con IA

Reglas obligatorias para jueces y autoridades

Como parte del criterio, la SCJN fijó lineamientos mínimos que deberán observarse en estos casos:

  • Verificar que el acuerdo de gestación sustituta sea voluntario y sin fines de explotación.
  • Confirmar que no exista controversia entre las personas involucradas.
  • Priorizar en todo momento el interés superior del menor, por encima de consideraciones administrativas.
  • Garantizar la expedición inmediata del acta de nacimiento, evitando trámites prolongados o discrecionales.

Estos criterios serán de aplicación obligatoria para juzgados y registros civiles de la capital del país.

¿Por qué es relevante esta decisión?

La resolución de la SCJN sienta un precedente clave en un contexto donde cada vez más familias recurren a la gestación sustituta, pero enfrentan incertidumbre legal al momento de registrar a sus hijos. Sin un acta de nacimiento, los menores quedan en una situación de vulnerabilidad jurídica que puede afectar su desarrollo integral.

El fallo reconoce que el Estado no puede castigar a los niños por omisiones legislativas, y que la falta de regulación no justifica negar derechos básicos.

Foto: Especial

Diferencia con modelos anteriores

La Corte subrayó que esta decisión no equivale a una autorización irrestricta de la gestación sustituta, ni sustituye al Congreso local en su obligación de legislar. Se trata de una medida de protección inmediata, enfocada exclusivamente en garantizar derechos humanos mientras persiste el vacío normativo.

Además, el criterio busca evitar prácticas abusivas y cerrar la puerta a esquemas de mercantilización del cuerpo humano, estableciendo controles judiciales caso por caso.

Impacto a futuro

Especialistas en derecho constitucional señalan que este fallo presiona al Congreso de la Ciudad de México para avanzar en una regulación clara, con enfoque de derechos humanos, perspectiva de género y protección a la niñez.

Mientras tanto, la resolución de la SCJN se convierte en una herramienta clave para familias que, hasta ahora, enfrentaban trámites inciertos, criterios discrecionales y largos procesos legales para obtener un documento esencial para sus hijos.

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