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Profeco recuerda que las quejas contra proveedores son gratuitas y pueden presentarse por vías digitales siguiendo estos pasos

De acuerdo con Profeco, una queja procede cuando el proveedor no respeta compromisos como precios, cantidades, plazos de entrega, términos y condiciones.

Profeco recuerda que las quejas contra proveedores son gratuitas y pueden presentarse por vías digitales siguiendo estos pasos

México.- La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) informó que las personas consumidoras en México pueden presentar quejas de manera gratuita cuando un proveedor incumple con lo acordado en la compra de un bien o la contratación de un servicio, y recordó que la institución es la encargada de proteger y salvaguardar los derechos del consumidor.

La dependencia invitó a la población a utilizar Concilianet, una de sus herramientas digitales, que permite atender inconformidades de forma segura, gratuita y en línea, además de otros mecanismos de conciliación disponibles.

De acuerdo con Profeco, una queja procede cuando el proveedor no respeta compromisos como precios, cantidades, plazos de entrega, términos y condiciones, características del producto, garantías, intereses u otros acuerdos establecidos en la transacción comercial. En estos casos, la Procuraduría actúa como mediadora entre las partes.

¿Cómo se presenta una queja?

Las quejas pueden presentarse de manera presencial en la Oficina de Defensa del Consumidor (ODECO), en línea a través de Concilianet o Conciliaexprés, desde el extranjero mediante el portal Concilia desde el extranjero, o vía correo electrónico en asesoria@profeco.gob.mx para recibir orientación.

Para iniciar el trámite, se requiere contar con identificación oficial, datos de la persona consumidora y del proveedor, así como documentos relacionados con la reclamación, como facturas, recibos, contratos o publicidad, además de una descripción de los hechos que originaron la queja.

La Profeco aclaró que no es competente para atender conflictos derivados de relaciones laborales, servicios profesionales sin carácter mercantil o servicios financieros regulados por leyes especiales, los cuales corresponden a otras instancias como la Condusef o la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

Cuando una queja es procedente, se inicia un procedimiento conciliatorio, en el que un conciliador busca un acuerdo que puede derivar en la devolución del dinero, reposición del bien o servicio, o el pago de una bonificación al consumidor. No obstante, la dependencia precisó que no puede obligar al proveedor a cumplir totalmente lo reclamado, por lo que ofrece alternativas legales como el arbitraje o el dictamen técnico.

Finalmente, Profeco recomendó a las personas consumidoras consultar con el conciliador asignado las opciones disponibles para continuar con la defensa de sus derechos.

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