La Suprema Corte ordenó al Metro de la CDMX duplicar sus asientos reservados y blindar el primer vagón como zona exclusiva, estableciendo un precedente que obliga a todo el transporte público del país a garantizar accesibilidad total
La resolución definitiva de la SCJN reconoce la movilidad como un derecho humano fundamental y exige la eliminación de obstáculos físicos y comerciales en las estaciones para personas con discapacidad

CIUDAD DE MÉXICO. — La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha dictado una resolución definitiva que transforma la realidad del transporte público en México. Derivado del Juicio de Amparo 1375/2021, el máximo tribunal del país ordenó al Sistema de Transporte Colectivo (STC) Metro de la Ciudad de México garantizar condiciones de accesibilidad real y permanente. Este fallo no solo beneficia a los usuarios de la capital, sino que establece que la movilidad es un derecho humano vinculado a la autonomía y la no discriminación.
El caso fue impulsado por el Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP), en representación de personas con discapacidad sensorial que denunciaron obstáculos sistemáticos en sus trayectos diarios. Tras un análisis profundo, la Corte determinó que la accesibilidad no es una opción administrativa, sino una obligación del Estado que debe cumplirse sin excusas.
Respecto a los cambios tangibles y las nuevas obligaciones dictadas por la sentencia:
- Capacidad de asientos: Se ha ordenado duplicar el número de lugares reservados en cada vagón, pasando de 4 a 8 espacios exclusivos, permitiendo que la oferta de asientos sea proporcional a la demanda de los usuarios prioritarios.
- Vagón exclusivo: El primer vagón de cada tren ha sido asignado de manera prioritaria y exclusiva para personas con discapacidad y adultos mayores, una medida que deberá aplicarse de forma gradual en todas las líneas de la red.
- Infraestructura y movilidad: La resolución obliga a la autoridad a mantener libres las líneas podotáctiles —fundamentales para usuarios con bastón—, lo que implica el retiro inmediato de comercio ambulante o cualquier obstáculo en las rutas de tránsito.
- Impacto nacional: De esta sentencia emanan siete criterios jurisprudenciales obligatorios en todo México, los cuales facultan a los ciudadanos de cualquier entidad para exigir “ajustes razonables” en sus sistemas locales de transporte basándose en este precedente.

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La sentencia se encuentra actualmente en fase de cumplimiento, lo que ha generado la asignación de recursos específicos para nueva señalética y obras de infraestructura. Además, la resolución vincula a las autoridades a realizar campañas de sensibilización para el personal operativo y los usuarios, con el fin de erradicar la discriminación y asegurar que los espacios reservados sean respetados en todo momento.
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