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Jalisco rechazó la reforma que permite que los menores cambien su identidad de género en documentos oficiales y la SCJN ordenó revisar el caso

El máximo tribunal instruyó analizar si autoridades de Jalisco incumplieron una sentencia que eliminó el requisito de mayoría de edad para la rectificación de actas de nacimiento, luego de que el Congreso local rechazara armonizar su legislación.

Jalisco rechazó la reforma que permite que los menores cambien su identidad de género en documentos oficiales y la SCJN ordenó revisar el caso

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó revisar a fondo una denuncia por posible incumplimiento de sentencia relacionada con el reconocimiento legal de la identidad de género de niñas, niños y adolescentes, luego de que el Congreso de Jalisco rechazara una iniciativa para armonizar su legislación con el criterio del máximo tribunal.

La determinación ocurre en un contexto de tensión entre resoluciones judiciales federales y decisiones legislativas locales, y reabre el debate sobre el carácter obligatorio de las sentencias constitucionales en todo el país.

La información se desprende de resoluciones emitidas por la propia SCJN, en el marco de un recurso previsto en la Ley de Amparo, así como de registros legislativos del Congreso de Jalisco y declaraciones públicas de autoridades estatales.

¿Qué resolvió la Suprema Corte y por qué es relevante?

El Pleno de la SCJN determinó que el juzgado que recibió una denuncia por incumplimiento de sentencia debe analizar el fondo del asunto, y no desecharlo de forma preliminar, para establecer si las autoridades responsables acataron una resolución previa del propio tribunal.

Dicha sentencia eliminó el requisito de mayoría de edad para acceder a la rectificación de actas de nacimiento por razones de identidad de género, al considerar que esta condición vulnera el derecho a la identidad, reconocido como un derecho humano que también corresponde a niñas, niños y adolescentes.

Para la Corte, resulta indispensable verificar si las acciones u omisiones de las autoridades locales se ajustaron al mandato constitucional o si existió desacato.

El recurso que detonó la revisión

La revisión deriva del Recurso de Inconformidad 11/2025, previsto en la fracción IV del artículo 201 de la Ley de Amparo, y está vinculado a una Declaratoria General de Inconstitucionalidad emitida por la SCJN.

Este mecanismo permite al máximo tribunal evaluar si las autoridades responsables cumplieron de manera efectiva una sentencia que declaró inconstitucional una norma o práctica.

En este caso, el análisis se centra en la negativa de Jalisco a modificar su marco legal para permitir el cambio de identidad sexo-genérica en personas menores de edad.

La mayoría de las quejas se registraron en Tijuana con cinco y la restante en Mexicali. Foto: Archivo

Suprema Corte reafirma el carácter obligatorio de sus sentencias

Con esta resolución, la SCJN reiteró que sus fallos son obligatorios para todas las autoridades del país, y que su cumplimiento no puede quedar sujeto a criterios políticos o legislativos locales.

El tribunal subrayó que los derechos reconocidos en sus sentencias deben materializarse en la práctica administrativa, y que las entidades federativas están obligadas a ajustar sus actos y normas conforme a lo resuelto por la justicia constitucional.

Congreso de Jalisco mantiene la restricción a menores de edad

Pese a este criterio, el Congreso de Jalisco desechó una iniciativa presentada por legisladores de Morena que buscaba armonizar la legislación estatal con la sentencia de la SCJN.

La votación concluyó con 22 votos en contra, 11 a favor y una abstención, manteniéndose vigente la disposición que limita los cambios legales de identidad a personas mayores de edad.

La mayoría legislativa, encabezada por Movimiento Ciudadano, argumentó que las modificaciones legales de identidad tienen implicaciones jurídicas de largo alcance y deben realizarse únicamente cuando exista plena capacidad legal.

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Los afectados interpusieron una queja ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Baja California.

Argumentos expuestos durante el debate legislativo

Durante la discusión en el Congreso local se plantearon, entre otros, los siguientes puntos:

  • Priorizar el interés superior de la niñez.
  • Limitar los cambios legales de identidad a la mayoría de edad.
  • Evitar consecuencias jurídicas irreversibles en menores.
  • Mantener el marco legal vigente en la entidad.
  • Exigir mayor certeza jurídica en este tipo de decisiones.

Estos argumentos fueron utilizados para justificar el rechazo de la iniciativa, pese al criterio establecido por la SCJN.

Postura del Ejecutivo estatal y debate nacional

El gobernador de Jalisco, Pablo Lemus, expresó su rechazo a permitir cambios de identidad sexo-genérica en menores de edad y afirmó que el estado buscará vías jurídicas para impedir su aplicación, incluso frente a resoliones del máximo tribunal.

Sus declaraciones reforzaron el debate público y jurídico sobre el alcance de las sentencias constitucionales y el margen de actuación de las entidades federativas.

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¿Qué sigue y por qué importa?

El contraste entre lo resuelto por la SCJN y la postura asumida en Jalisco anticipa nuevos litigios y mantiene abierto un debate nacional sobre:

  • La obligatoriedad de las sentencias de la Suprema Corte.
  • El derecho a la identidad de niñas, niños y adolescentes.
  • La responsabilidad de los congresos locales para armonizar sus leyes.

La resolución ordenada por la SCJN no implica aún una sanción directa, pero sí abre la puerta a que se determine formalmente si existió incumplimiento constitucional, lo que podría derivar en nuevas medidas judiciales contra las autoridades responsables.

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