La Suprema Corte falló a favor de los hijos y ahora tendrán el derecho de saber quién es su padre biológico, el que deberá notificarlo
La SCJN resolvió que un adolescente de 16 años debe conocer antes de la mayoría de edad quién es su padre biológico, aun cuando fue criado por otro hombre desde su nacimiento.

CIUDAD DE MÉXICO. — Lo que inició en 2014 como un juicio civil por reconocimiento de paternidad terminó convirtiéndose en un caso de alto impacto constitucional.
Un hombre acudió a tribunales para reclamar legalmente la paternidad de un niño de cuatro años que había sido registrado y criado desde su nacimiento por otra persona, quien figuraba como su padre legal.
Durante años, el proceso avanzó entre resoluciones contradictorias hasta llegar al Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que finalmente atrajo el caso por su relevancia jurídica.
La información del fallo fue difundida por la propia Corte mediante sus comunicados y sesiones públicas.

¿Qué resolvieron los primeros jueces sobre la paternidad?
En primera instancia, el juez reconoció que el demandante sí era el padre biológico del menor.
Sin embargo, determinó que el niño debía permanecer con el hombre que lo había criado.
El argumento central fue que el menor ya se encontraba integrado en un entorno familiar estable, con vínculos emocionales consolidados.
Bajo ese criterio, incluso se ordenó que no se le informara sobre su verdadero origen biológico.

La decisión fue confirmada en segunda instancia. Más tarde, un Tribunal Colegiado negó el amparo promovido por el padre biológico.
¿Cómo llegó el caso a la Suprema Corte?
Tras agotar instancias, el padre biológico interpuso un recurso de revisión que permitió que el caso fuera analizado por el máximo tribunal del país.
El Pleno de la Suprema Corte consideró que el asunto involucraba derechos constitucionales de alta relevancia, particularmente el derecho a la identidad, por lo que decidió estudiarlo de fondo.
¿Qué determinó la Suprema Corte y por qué es importante?
El proyecto fue presentado por la ministra Loretta Ortiz Ahlf y fue aprobado por unanimidad.

La Corte resolvió que el adolescente —quien actualmente tiene 16 años— tiene derecho a conocer su verdad biológica antes de cumplir la mayoría de edad.
Con esta decisión, el máximo tribunal colocó el derecho a la identidad como un eje central del desarrollo personal, al considerar que conocer el origen biológico forma parte del derecho a saber quién se es y de dónde se viene.
¿Quién debe decirle la verdad al adolescente?
La resolución establece que será el padre legal, es decir, quien lo ha criado y aparece en su acta de nacimiento, quien deberá comunicarle que su filiación registral no coincide con su realidad biológica.
La Corte fue clara en que esta revelación no debe hacerse de forma abrupta ni improvisada.

¿Qué medidas ordenó la Corte para proteger al menor?
El fallo señala que la información deberá proporcionarse con acompañamiento de especialistas en salud mental, con el objetivo de proteger el bienestar emocional del adolescente.
Entre las medidas que deben tomarse en cuenta se encuentran:
- Protección a su salud mental.
- Resguardo de su estabilidad emocional.
- Cuidado de sus relaciones familiares actuales.
- Aplicación del principio de interés superior del menor.
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La Suprema Corte subrayó que no se trata solo de revelar un dato, sino de garantizar un proceso responsable, profesional y humano.
¿Este fallo aplica para todos los casos?
La ministra Loretta Ortiz Ahlf aclaró que la resolución se enfoca en este caso concreto.

Sin embargo, especialistas en derecho familiar y constitucional consideran que el fallo marca un precedente relevante sobre el derecho de niñas, niños y adolescentes a conocer su origen.
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El criterio reconoce que, aun existiendo vínculos afectivos sólidos, el acceso a la verdad biológica forma parte de los derechos fundamentales.
¿Qué derechos entraron en conflicto en este juicio?
Durante más de una década, el caso reflejó la tensión entre varios derechos:
- El derecho a la estabilidad emocional.
- La protección del entorno familiar.
- El interés superior del menor.
- El derecho a la identidad.
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Tras 12 años de litigio, la Suprema Corte concluyó que la verdad biológica no puede ser ocultada de manera indefinida, especialmente cuando el menor se acerca a la mayoría de edad.
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