¿Te afecta el nuevo fallo de la Corte sobre el aguinaldo? Conoce quiénes recibirán solo 30 días de pago y por qué la ley no es retroactiva para actuales pensionados
La Suprema Corte de Justicia valida el recorte de la prestación para garantizar la sostenibilidad del ISSSTEZAC, pero advierte que el ajuste solo aplicará a nuevos jubilados a partir de agosto de 2024

MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha tomado una decisión que marca un antes y un después en la administración de las prestaciones sociales en México. Tras analizar la constitucionalidad de la reforma a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas (ISSSTEZAC), el Pleno de la Corte validó por mayoría de votos la reducción del aguinaldo para los trabajadores pensionados, pasando de 60 a 30 días de pago.
De acuerdo con información verificada en los estrados de la SCJN y reportes de medios como Merca2.0 y La Jornada, esta resolución responde a una necesidad de garantizar la “supervivencia financiera” del instituto. No obstante, el fallo establece límites muy claros para proteger a quienes ya reciben este beneficio, evitando que la medida sea aplicada de forma injusta.

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¿Por qué se redujo esta prestación?
La discusión en el Pleno, liderada por la ministra ponente Loretta Ortiz Ahlf, se centró en determinar si el aguinaldo es un derecho intocable o una prestación flexible. La conclusión de la mayoría de los ministros fue que el aguinaldo es un “apoyo económico adicional” y no una parte integral de la pensión que se deriva directamente de las cuotas laborales.
Bajo este criterio, la Corte consideró que el ajuste es una medida “razonable y no arbitraria” para evitar el colapso financiero del ISSSTEZAC. Es importante mencionar que voces como las de las ministras Lenia Batres y María Estela Ríos se opusieron, señalando que los trabajadores no deberían pagar el costo de administraciones pasadas.

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¿Quiénes recibirán menos dinero y quiénes están protegidos?
Para su tranquilidad y la de su familia, es vital comprender que esta ley no es retroactiva. La resolución de la Corte divide a los beneficiarios en dos grupos específicos:
- Pensionados con derechos adquiridos: Si usted ya estaba pensionado o solicitó su jubilación antes del 11 de agosto de 2024, su aguinaldo de 60 días está garantizado. La ley no puede quitarle lo que ya tenía reconocido.
- Nuevos pensionados: La reducción a 30 días aplicará únicamente para aquellas personas que se jubilen a partir de la entrada en vigor de la reforma (posterior al 11 de agosto de 2024).
Lo que la Corte prohibió: La pensión mensual es intocable
Un punto de gran valor para el lector es que la Suprema Corte invalidó los intentos del gobierno local de condicionar el pago de las pensiones mensuales a la “capacidad financiera” del Instituto.
Los ministros determinaron que el acceso a la pensión principal no puede depender de si hay o no dinero en las reservas técnicas, ya que eso vulneraría de forma desproporcional el derecho humano a la seguridad social. En resumen: el aguinaldo se puede ajustar para el futuro, pero la pensión mensual es obligatoria y permanente.
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