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La Suprema Corte da un giro a las fusiones en México: ahora los acreedores pueden frenarlas si ven riesgo, un fallo que cambia las reglas para grandes empresas y operaciones millonarias

La Suprema Corte de Justicia confirmó que los acreedores tienen derecho a oponerse a una fusión y lograr que se suspenda mientras un juez revisa el caso, una decisión que refuerza la protección de deudas y obliga a las empresas a replantear cómo se fusionan en México

La Suprema Corte da un giro a las fusiones en México: ahora los acreedores pueden frenarlas si ven riesgo, un fallo que cambia las reglas para grandes empresas y operaciones millonarias

CIUDAD DE MÉXICO.- Una decisión reciente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) acaba de mover una de las piezas más sensibles del mundo empresarial en México: las fusiones entre empresas.

El Pleno de la Corte resolvió que los acreedores sí pueden oponerse legalmente a una fusión cuando consideren que pone en riesgo el cobro de sus deudas, y que esa sola oposición puede suspender los efectos de la operación mientras un juez la revisa.

En palabras simples: una fusión ya no es solo un acuerdo entre empresas; ahora también puede ser frenada por quienes les prestaron dinero o tienen cuentas por cobrar.

La resolución, tomada el 7 de enero de 2026, confirma la constitucionalidad del artículo 224 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, y quedó asentada en el Amparo en Revisión 50/2025, según informó la propia Suprema Corte en un comunicado oficial.

¿Qué decidió exactamente la Corte?

La SCJN avaló que la ley permita:

  • Que personas acreedoras se opongan judicialmente a una fusión.
  • Que mientras se resuelve esa inconformidad, la fusión quede suspendida.

Una empresa había impugnado esta regla al argumentar que limitaba su libertad para asociarse, pero la Corte fue clara:la libertad empresarial no es absoluta y puede tener límites cuando están en juego derechos de terceros, como el cobro de deudas.

De acuerdo con el máximo tribunal, el objetivo es evitar que, al desaparecer una empresa por una fusión, se pierdan bienes, se oculten pasivos o se complique el pago a quienes tienen créditos pendientes.

En México, el uso del apellido paterno como primero en el nombre completo fue, durante décadas, una práctica asumida como regla. Sin embargo, este criterio comenzó a revisarse desde el ámbito judicial al considerarse que podía afectar derechos fundamentales como la igualdad de género y la identidad personal. Foto: Especial

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¿Por qué este fallo es tan importante?

Porque cambia la forma en que se planean las fusiones en México.

Hasta ahora, muchas operaciones se construían casi exclusivamente entre empresas, bancos y despachos corporativos.Con este fallo, los acreedores pasan al centro del tablero.

Esto implica que:

  • Una fusión puede detenerse legalmente, aunque ya esté anunciada.
  • Las empresas deberán demostrar que no están afectando deudas.
  • Los riesgos financieros pesarán más que la velocidad de la operación.

En términos prácticos, las fusiones “exprés” se vuelven mucho más difíciles.

¿A quién protege esta decisión?

Principalmente a:

  • Proveedores
  • Bancos
  • Arrendadores
  • Inversionistas
  • Personas físicas o morales con créditos pendientes

La Corte subrayó que la finalidad de la norma es evitar que las fusiones se usen para evadir obligaciones, vaciar patrimonios o dejar deudas sin respaldo.

¿Significa que ahora ninguna fusión puede avanzar?

No.

La propia ley, y así lo destacó la SCJN, establece formas para que una fusión continúe sin ser bloqueada, por ejemplo:

  • Pagar las deudas antes de fusionarse
  • Depositar el monto en una institución bancaria
  • Obtener el consentimiento de todos los acreedores

Es decir: las empresas pueden seguir fusionándose, pero ahora deben ordenar sus pasivos primero.

La Suprema Corte estableció que reducir unilateralmente una pensión alimenticia o no pagar retroactivos vulnera derechos de la infancia y puede tener consecuencias penales. Foto: Archivo/Pexels

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¿Qué cambia para las grandes empresas?

Mucho.

A partir de este criterio:

  • Las áreas legales deberán auditar deudas con mayor profundidad.
  • Las fusiones deberán negociarse también con acreedores, no solo entre socios.
  • El riesgo de litigios que frenen operaciones millonarias aumenta.
  • El valor de una empresa ya no será solo su mercado, sino qué tan limpias tiene sus obligaciones.

¿Qué significa esto para proveedores y personas con cuentas por cobrar?

Es uno de los puntos más relevantes del fallo.

A partir de ahora, si una persona o empresa es acreedora y detecta que una fusión:

  • puede debilitar el patrimonio del deudor,
  • dificulta el cobro,
  • o pone en riesgo su crédito,

tiene la posibilidad de acudir a un juez y pedir que se suspenda la fusión.

No es automático, pero sí es una herramienta legal directa.

Lo que no es este fallo

Es importante aclararlo: no es una sentencia sobre monopolios ni competencia económica.

No regula concentración de mercado ni poder económico frente al Estado.Se trata de un fallo de derecho mercantil, enfocado en proteger deudas y seguridad jurídica.

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En pocas palabras

  • La Corte confirmó que una fusión sí puede frenarse si hay acreedores en riesgo.
  • Las empresas deberán ordenar sus deudas antes de unirse.
  • Proveedores y bancos ganan una herramienta real de defensa.
  • Las grandes operaciones corporativas en México cambian de reglas.

¿Por qué este fallo va a influir en muchos sectores?

Porque prácticamente toda gran fusión implica créditos, financiamientos, proveedores o arrendamientos.

Desde industrias, constructoras y tecnológicas, hasta cadenas comerciales y grupos financieros, todas las empresas que planeen fusionarse deberán replantear su estrategia.

Esta nota se basa en información oficial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, comunicados del Pleno sobre la resolución del Amparo en Revisión 50/2025, así como en el contenido vigente del artículo 224 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

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