Suprema Corte aclara reglas de pensión del IMSS, explica quiénes no podrán cobrar jubilación y pensión de vejez al mismo tiempo y qué deben revisar los trabajadores antes de iniciar su trámite
El máximo tribunal resolvió que trabajadores del IMSS jubilados bajo su régimen contractual no pueden recibir una segunda pensión de vejez del Instituto, para evitar duplicidad de beneficios

La Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció un criterio que impacta a trabajadores del IMSS jubilados bajo su propio régimen laboral, al determinar que no es válido recibir simultáneamente una jubilación contractual y una pensión de vejez del Instituto por el mismo tiempo trabajado.
La resolución, emitida por la Segunda Sala, aclara que el objetivo no es retirar derechos, sino evitar la duplicidad de beneficios económicos cuando ambos esquemas cubren el mismo concepto de protección en la vejez, según Ámbito.
¿A quiénes sí afecta este criterio de la Suprema Corte?
El fallo no aplica a todos los trabajadores mexicanos, ni a la mayoría de los pensionados del IMSS.
Afecta únicamente a quienes cumplen todas estas condiciones:
- Fueron trabajadores del IMSS
- Están jubilados bajo el Régimen de Jubilaciones y Pensiones (RJP)
- Buscan además cobrar una pensión de vejez prevista en la Ley del Seguro Social
- Ambas pensiones derivan del mismo periodo laboral
Para el resto de los asegurados del IMSS, no hay cambios en las reglas de pensión.

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Por qué la Corte negó la doble pensión
La Suprema Corte explicó que el RJP del IMSS, pactado en el contrato colectivo con el Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social, ya contempla los beneficios de la vejez, incluyendo ingresos para la subsistencia tras el retiro.
Por ello, permitir una segunda pensión por el mismo concepto implicaría:
- Cobrar dos veces por el mismo riesgo social
- Romper el principio de equidad y sostenibilidad del sistema
- Generar una duplicidad no prevista en la ley
¿El IMSS deja de pagar algo con este criterio?
No necesariamente.
La Corte aclaró que el Instituto Mexicano del Seguro Social, como patrón, sí debe garantizar un ingreso suficiente a sus trabajadores jubilados.
Si la pensión de vejez prevista en la ley fuera mayor que la del RJP, el IMSS debería cubrir la diferencia, pero no pagar ambas completas.
¿Se pierden derechos adquiridos?
No.
El fallo establece que:
- No se eliminan pensiones ya otorgadas legalmente
- No se afecta a trabajadores externos al IMSS
- No se modifican las reglas generales de pensión de vejez
El criterio únicamente ordena cómo deben coordinarse dos esquemas distintos cuando ambos provienen del mismo empleador y del mismo periodo laboral.
Por qué este fallo es relevante a nivel nacional
Aunque el universo de afectados es limitado, la resolución es importante porque:
- Refuerza el principio de no duplicidad de beneficios
- Marca un precedente sobre pensiones contractuales vs. legales
- Da certeza jurídica a instituciones públicas con regímenes especiales
Este tipo de criterios también se ha aplicado en otros sistemas de pensiones públicos para evitar pagos simultáneos por el mismo riesgo.

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Lo que deben revisar los trabajadores del IMSS próximos a jubilarse
Especialistas recomiendan:
- Verificar bajo qué régimen se jubilarán
- Revisar si su pensión proviene del RJP o de la Ley del Seguro Social
- Solicitar asesoría antes de iniciar trámites de doble pensión
- Confirmar si existe derecho a complemento, no a duplicidad
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