IMSS deberá otorgar pensión por fallecimiento a cuidadores y familiares no directos tras resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
La Corte determinó que esa restricción vulnera el derecho a la seguridad social y excluye injustificadamente otros modelos de familia.

México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional una disposición del Reglamento del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que restringía el acceso a la pensión por fallecimiento, una decisión que amplía los derechos de quienes dependían económicamente de un trabajador asegurado, incluso si no tenían parentesco directo.
El fallo del máximo tribunal del país beneficia a personas que mantuvieron una relación de cuidado, convivencia y dependencia económica con el asegurado fallecido, reconociendo que los vínculos familiares y de apoyo van más allá del parentesco tradicional.
¿Qué decía el reglamento del IMSS?
Hasta antes de esta resolución, el Reglamento de Jubilaciones y Pensiones del IMSS establecía que la pensión por ascendencia únicamente podía ser cobrada por familiares en línea directa, como:
- Padres
- Abuelos
- Bisabuelos
Esta limitación dejaba fuera a personas cercanas que, aunque no eran ascendientes legales, dependían económicamente del trabajador y se encargaron de su cuidado.
El criterio de la Suprema Corte
El Pleno de la SCJN determinó que esta restricción es inconstitucional, ya que excluye de manera injustificada a otros modelos de familia y cuidado, vulnerando el derecho a la seguridad social.
“Las relaciones familiares son diversas y el acceso a la seguridad social no puede limitarse únicamente al parentesco tradicional”, señaló la Corte en un comunicado oficial.
Con esta interpretación, se reconoce que el derecho a la pensión debe basarse no solo en el vínculo legal, sino también en la realidad social y afectiva de las personas involucradas.
¿Quiénes podrán cobrar la pensión del IMSS tras el fallo?
A partir de esta resolución, también podrán ser beneficiarios de la pensión por fallecimiento del IMSS:
- Tíos
- Hermanos mayores
- Cuidadores informales
- Otras personas cercanas al trabajador
Siempre que acrediten una relación de cuidado y dependencia económica con el asegurado fallecido.
Requisitos para acceder a la pensión
De acuerdo con el nuevo criterio establecido por la SCJN, las personas interesadas deberán demostrar:
- Dependencia económica respecto del trabajador fallecido
- Convivencia prolongada
- Existencia de un vínculo de cuidado, afecto y asistencia
“Toda persona que demuestre haber cumplido este rol podrá acceder a la pensión”, puntualizó la Suprema Corte.
El caso que originó el fallo
La resolución se originó a partir del caso de una mujer que solicitó la pensión por ascendencia tras la muerte de su sobrino, a quien crió y cuidó como si fuera su hijo.
Aunque la mujer acreditó la relación de dependencia y cuidado, el IMSS le negó la pensión por no ser ascendiente en línea recta. Tras el análisis del caso, la SCJN reconoció su derecho y estableció un precedente de aplicación nacional.
Se prevé que la solicitante reciba el beneficio en los próximos meses, una vez que el IMSS ajuste sus criterios conforme al fallo.
Aplicación del fallo en todo el país
La decisión de la Suprema Corte tiene efectos generales, por lo que el IMSS deberá modificar sus criterios de evaluación para todas las solicitudes de pensión por fallecimiento que se presenten a partir del fallo.
Esto implica un cambio relevante en el sistema de seguridad social, al reconocer nuevas formas de familia y cuidado.
¿Cómo solicitar una pensión del IMSS?
El trámite puede realizarse de dos formas:
- En línea, a través de la plataforma Mi Pensión Digital
- De manera presencial, en las ventanillas de cualquier Unidad de Medicina Familiar (UMF)
Requisitos:
- CURP
- Número de Seguridad Social (NSS)
- Correo electrónico
- CLABE interbancaria
Una vez aprobada la solicitud, el beneficiario deberá firmar la resolución para recibir la prestación.Horario de atención: de 8:00 a 15:00 horas.
Un cambio clave en la seguridad social
Con esta resolución, la SCJN amplía el acceso a las pensiones del IMSS, reconoce la diversidad de las relaciones familiares y protege a quienes realmente dependían del trabajador, marcando un precedente histórico en materia de derechos sociales en México.
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