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El Congreso de Durango aprobó reformas al Código Penal para sancionar con penas que van de 2 a 6 años de prisión a quienes apliquen “terapias de conversión”

El congreso estatal reforma el código penal para proteger la orientación sexual e identidad de género

El Congreso de Durango aprobó reformas al Código Penal para sancionar con penas que van de 2 a 6 años de prisión a quienes apliquen “terapias de conversión”

El Congreso del Estado de Durango aprobó reformas al Código Penal con el objetivo de sancionar los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la Identidad de Género (ECOSIG), conocidos como “terapias de conversión”.

Las modificaciones establecen penas de dos a seis años de prisión y la obligación de realizar entre 50 y 100 horas de trabajo comunitario en espacios que promuevan el respeto a la diversidad sexual y la inclusión.

¿Qué son los ECOSIG y por qué se consideran una violación a los derechos humanos?

De acuerdo con el dictamen de la Comisión de Justicia, los ECOSIG son prácticas que incluyen métodos, tratamientos, sesiones psicológicas o psiquiátricas, o cualquier acción que busque anular, modificar o menoscabar la identidad de género o la orientación sexual de una persona.

El Congreso señaló que estas prácticas vulneran derechos fundamentales, como la integridad personal, la libertad, la dignidad y la salud mental. También afectan el libre desarrollo de la personalidad, un principio reconocido tanto en la Constitución mexicana como en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

La medida responde a un enfoque de protección de los derechos humanos, ya que la Carta Magna prohíbe la discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género, conforme a los artículos 1° y 4° constitucionales.

Las llamadas “terapias de conversión” buscan forzar un cambio en la identidad de género u orientación sexual de una persona.

¿Cómo se originó la reforma en el congreso de Durango?

El dictamen aprobado unifica dos iniciativas legislativas. La primera fue presentada por el diputado Martín Vivanco Lira, de Movimiento Ciudadano. La segunda fue impulsada por la Coalición Parlamentaria Cuarta Transformación.

La Comisión de Justicia se pronunció únicamente sobre las modificaciones al Código Penal, mientras que los temas relacionados con la Ley de Salud serán analizados por la Comisión de Salud del Congreso local.

Cambios principales en el código penal de durango

Las reformas reestructuran el Subtítulo Tercero del Título Primero del Código Penal, que ahora se denomina “Delitos contra la libertad y la seguridad sexual y el normal desarrollo psicosexual y de la identidad”.

Además, se crea el Capítulo VI, llamado “Delitos contra la orientación sexual o la identidad de género de las personas”, el cual incorpora los artículos 182 Quinquies y 182 Sexies.

El artículo 182 Quinquies sanciona a quien realice, promueva, imparta o publicite terapias de conversión con penas de dos a seis años de prisión, multa y trabajo comunitario. Este delito se perseguirá de oficio, aunque no se considerará delito si existe un consentimiento libre de violencia o engaño por parte de la persona involucrada.

Agravantes y sanciones adicionales en casos de abuso o coacción

El artículo 182 Sexies prevé que las penas aumenten hasta en una mitad cuando las víctimas sean menores de edad, personas con discapacidad, o cuando exista una relación de subordinación laboral, docente, médica o doméstica.

También se aplicará esta agravante si el responsable ocupa un cargo público o utiliza violencia física o psicológica. En estos casos, el responsable podrá ser destituido e inhabilitado para ocupar funciones públicas por un periodo de dos a seis años.

Si los responsables son padres, madres o tutores, el juez podrá determinar sanciones alternativas, como amonestaciones o apercibimientos, dependiendo de la gravedad y el contexto del caso.

Una medida orientada a la inclusión y al respeto de la diversidad

Con esta decisión, Durango se suma a otras entidades del país que han legislado para prohibir los ECOSIG y garantizar el derecho de las personas a vivir de acuerdo con su identidad y orientación sexual, sin sufrir presiones o intentos de “corrección”.

Las reformas marcan un avance legal en materia de derechos humanos y diversidad sexual, orientado a prevenir prácticas que puedan causar daño físico o psicológico a las personas.

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