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El Órgano de Administración Judicial del Poder Judicial de la Federación estableció nuevos lineamientos para investigar procedimientos de responsabilidad administrativa contra servidores públicos y particulares vinculados a actos ilícitos

El Órgano de Administración Judicial definió cómo se dividirán las funciones en los procedimientos de responsabilidad administrativa contra empleados del Poder Judicial y particulares vinculados

El Órgano de Administración Judicial del Poder Judicial de la Federación estableció nuevos lineamientos para investigar procedimientos de responsabilidad administrativa contra servidores públicos y particulares vinculados a actos ilícitos

MÉXICO — El Órgano de Administración Judicial (OAJ) aprobó los lineamientos para distribuir las funciones de investigación, substanciación y resolución en los procedimientos de responsabilidad administrativa de los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación (PJF) y de particulares vinculados con actos ilícitos, de acuerdo con La Jornada.

El nuevo esquema define tres etapas: investigadora, sustanciadora y resolutoria, con el fin de garantizar transparencia, control y sanción efectiva a los funcionarios que incurran en faltas administrativas.

Etapa investigadora: reunir pruebas y verificar denuncias

Las carpetas de investigación suelen ser archivadas, denuncian varias madres sobre los casos de sus hijos.

En esta primera etapa, la Dirección General de Investigación será la autoridad competente para indagar conductas que puedan constituir faltas administrativas.

Entre sus atribuciones están realizar investigaciones, solicitar aclaraciones o mayores datos a los denunciantes, y requerir información a personas físicas o morales, tanto del sector público como privado.

También podrá ordenar la recolección de indicios y medios de prueba que considere necesarios “para llegar a la verdad material de los hechos, así como desahogarlos en el momento procesal oportuno”.

Etapa sustanciadora: ordenar investigaciones y tramitar procedimientos

En la segunda fase, la autoridad sustanciadora tendrá la facultad de “ordenar de oficio la práctica de investigaciones en los asuntos relacionados”.

Esta etapa busca dar seguimiento formal a las quejas o denuncias, garantizando el debido proceso y la evaluación objetiva de los elementos recabados.

Etapa resolutoria: el Pleno del OAJ como segunda instancia

En la Ley Orgánica destaca la desaparición del Consejo de la Judicatura Federal y la creación de un órgano de administración y un Tribunal de Disciplina Judicial para supervisar y sancionar a jueces y magistrados.

La fase resolutoria estará a cargo del Pleno del Órgano de Administración Judicial, que fungirá como segunda instancia en los procedimientos de responsabilidades administrativas por faltas no graves.

La Contraloría de Administración Judicial será la autoridad encargada de investigar los hechos señalados en quejas o denuncias y, una vez comprobadas las faltas, emitir las sanciones correspondientes.

En los casos donde esté involucrado algún impartidor de justicia, “se hará del conocimiento del Tribunal de Disciplina Judicial la existencia de alguna investigación en la que se advierta la posible participación de una persona con funciones jurisdiccionales, para que el Órgano de Investigación de dicho Tribunal ejerza sus atribuciones.”

Un nuevo marco interno de control

Con estos lineamientos, el Poder Judicial de la Federación busca fortalecer los mecanismos de rendición de cuentas y diferenciar claramente las funciones de quienes investigan, sustancian y resuelven las responsabilidades administrativas, tanto de trabajadores internos como de particulares vinculados.

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