SCJN devuelve la pena máxima de 50 años al feminicida de Jessica González y prohíbe reducción de condena a feminicidas en futuras sentencias
La SCJN fijó jurisprudencia nacional al devolver la pena máxima de 50 años a Diego Urik por el feminicidio de Jessica González, lo que obliga a que ningún juez en México pueda reducir sentencias por feminicidio alegando la reinserción social

MÉXICO — De acuerdo con El Heraldo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) restituyó la pena máxima de 50 años a Diego Urik por el feminicidio de Jessica González y fijó un criterio obligatorio: la reinserción social no puede usarse para reducir penas en estos casos. La resolución refuerza la perspectiva de género y la certeza jurídica.
Fallo de la SCJN: regresan los 50 años
La SCJN votó a favor de devolver la pena máxima de 50 años a Diego Urik, con lo que revirtió la reducción previa a 42 años y 6 meses dictada por la Sala Penal del Supremo Tribunal de Justicia de Michoacán y confirmada por el Tribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Primer Circuito.El asunto llegó a la Corte como amparo directo en revisión 4872/2024, promovido por la familia de la víctima, asesinada el 21 de mayo de 2020 en Morelia, Michoacán.
La voz de la familia
Cristo Villaseñor, hermano de Jessica, señaló que la reducción inicial de la pena evidenciaba “el poco compromiso del Sistema de Justicia de Michoacán con las mujeres”, al recurrir erróneamente a recursos que protegen a los hombres, lo que refuerza el mensaje de que “puedes matar a una mujer por el simple hecho de ser una mujer y no tener una sanción al respecto”.Subrayó que su hermana marca un precedente histórico que ayudará a más casos en Michoacán y en México, para que ningún feminicida quede impune o reciba beneficios indebidos.
Caso emblemático contra la impunidad
El feminicidio de la joven maestra en Morelia (2020) fue el primero en Michoacán en alcanzar la pena máxima y ahora sienta antecedente para evitar reducciones en casos de violencia de género. La SCJN, al revocar, ordenó reponer la determinación de la pena con criterios debidamente fundamentados.
¿Qué implica el nuevo criterio obligatorio?
- Obligatoriedad nacional: Jueces y magistrados deberán excluir la reinserción social como parámetro al individualizar la pena en feminicidio.
- Perspectiva de género: Considerar el contexto de violencia y la gravedad de los hechos al fijar la sanción.
- Certeza jurídica: Evitar reducciones de pena por edad, proyectos de vida u otros factores ajenos a la culpabilidad y al daño.
¿Qué sigue en este expediente?
El Pleno amparó a las víctimas indirectas y ordenó devolver el expediente al Tribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Primer Circuito, para que instruya al tribunal de alzada a emitir una nueva resolución debidamente fundamentada, explicando con claridad los criterios para fijar la condena.
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