SCJN rechaza registro de bebé por problemas en contrato de gestación subrogada
La Corte determinó que estas omisiones crearon una “situación de explotación de personas”.

La Suprema Corte negó a una pareja de la Ciudad de México el derecho de registrar como su hija a una bebé nacida por vientre subrogado en Tabasco. Los ministros encontraron que el contrato tenía fallas graves que afectaban los derechos de la niña y de la mujer que la gestó.
El problema comenzó cuando el Registro Civil de Tabasco se negó a inscribir a la bebé como hija de la pareja. Aunque un juez les dio la razón inicialmente, la Corte revisó el caso y determinó que:
- El contrato no se hizo ante notario ni fue avalado por un juez
- No protegía los derechos de la bebé, como saber sus orígenes, el derecho a la identidad.
- Incluía cláusulas que perjudicaban a la madre gestante
La Corte señaló que hubo un “desequilibrio” en el acuerdo, donde la pareja tenía más poder que la mujer que prestó su vientre.
Los hechos se remontan a cuando la pareja recurrió a un contrato de gestación subrogada en Tabasco, donde únicamente el hombre aportó material genético

La Corte encontró que el contrato incluía cláusulas que afectaban sus derechos irrenunciables, como el derecho a la salud y a la autonomía reproductiva. La SCJN enfatizó que estas omisiones generaron una relación desigual entre las partes, derivando en lo que calificaron como una “situación de explotación de personas”.
Como consecuencia de esta resolución, se ordenó brindar acompañamiento jurídico a la mujer gestante para informarle sobre sus derechos y las posibles acciones legales a su disposición. En cuanto a la situación de la menor, la Corte estableció que deberá definirse priorizando en todo momento su interés superior.
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