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Martí Batres revela 7 puntos sobre la reforma a la propiedad privada en la CDMX: ¿Hay expropiación?

La reforma constitucional en la Ciudad de México ha sido malinterpretada en varios aspectos, principalmente debido a la desinformación y la polarización política.

Martí Batres revela 7 puntos sobre la reforma a la propiedad privada en la CDMX: ¿Hay expropiación?

CIUDAD DE MÉXICO.-La reforma a la Constitución de la Ciudad de México en materia de propiedad privada ha generado un fuerte debate. Martí Batres, jefe de Gobierno de la Ciudad de México, presentó una serie de argumentos y abordó los siete puntos falsos señalados por opositores.

Siete puntos falsos sobre la reforma a la propiedad privada en la Ciudad de México

  1. Inalteración del Régimen de Propiedad: Batres ha afirmado que la reforma modifica el régimen de propiedad privada en la Ciudad de México. Sin embargo, la reforma a la Constitución Local no altera el régimen de propiedad privada vigente. La reforma simplemente actualiza el texto local para alinearlo con el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), sin cambiar el marco legal existente.
  2. Unanimidad en la votación: La reforma fue aprobada por unanimidad por todos los grupos parlamentarios en la legislatura de la Ciudad de México, incluyendo Morena, PT, Verde, PRD, PRI, PAN y bancadas independientes. Esto refleja un consenso amplio y no una imposición de un solo partido.
  3. Contenido del dictamen: El dictamen aprobado de la reforma establece simplemente un “respeto a la propiedad en los mismos términos del artículo 27 de la CPEUM”. No hay cambios en la esencia de la legislación sobre la propiedad.
  4. Protección de todos los tipos de propiedad: La reforma protege la propiedad privada, pública y social, en consonancia con el artículo 27 de la CPEUM. No se introduce ningún nuevo riesgo o vulnerabilidad para la propiedad en la Ciudad de México.
  5. Facultades adicionales del estado: La reforma no concede nuevas facultades al Estado para intervenir en materia de propiedad. La regulación sigue bajo los términos ya establecidos en la Constitución Federal.
  6. Seguridad de la propiedad privada: La propiedad de las personas, su patrimonio, casas y otras posesiones están aseguradas y protegidas bajo los términos vigentes. No hay riesgo de confiscación o limitación de derechos de propiedad por esta reforma.
  7. Homologación del texto constitucional: La reforma simplemente alinea el texto local con el texto federal del artículo 27 de la CPEUM, sin modificar el régimen de propiedad. Es una medida de armonización y no un cambio en la normativa sobre propiedad.

Perspectiva de un experto inmobiliario

Miguel Antonio Saucedo Ramírez, Director General de Saucedo Abogados Foreign Legal Consultant y experto en derecho inmobiliario, ha aclarado que la reforma no representa un riesgo para la propiedad privada. Según Saucedo, la reforma es una adición que alinea la Constitución local con la Constitución Federal, sin introducir cambios en el régimen de propiedad.

Saucedo criticó la desinformación y el tono polarizante que ha generado confusión y temor infundado entre la ciudadanía. La Constitución local ya reconocía el derecho a la propiedad privada de manera similar a la Constitución Federal. La reforma simplemente reafirma este reconocimiento sin alterar el sistema vigente.

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El experto destaca que la preocupación sobre una posible extinción de la propiedad privada es infundada. La reforma no cambia el contenido esencial del artículo 27 constitucional, que establece la propiedad originaria del Estado y su transferencia a particulares.

Saucedo califica la reforma como “totalmente cosmética” y sugiere que la controversia generada busca más polarizar que informar. Reitera que no hay forma de que se extinga, restrinja o limite el derecho de propiedad privada bajo la reforma aprobada.

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