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Hasta 12 años de cárcel a quien realice terapias de conversión en menores: Senado

Las reformas propuestas también contemplan que las penas se dupliquen, alcanzando hasta 12 años de cárcel, cuando las terapias de conversión se realicen en contra de menores de 18 años, adultos mayores o personas con discapacidad.

Senado aprueba penas para terapias de conversión sexual en menores

CIUDAD DE MÉXICO.- El pleno del Senado de la República ha dado luz verde a un dictamen que establece duras penas para quienes realicen terapias de conversión sexual en menores, considerando estas prácticas como una violación a la integridad de las personas.

En una sesión que concluyó durante la madrugada y sin debate, se aprobó imponer de dos a seis años de prisión, así como una multa considerable, que oscila entre mil y dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), a aquellos que lleven a cabo estas terapias en menores de edad.

Alcance de las sanciones

El dictamen, enviado por la Cámara al Ejecutivo Federal, establece que estas sanciones se aplicarán a cualquier individuo que realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento o práctica que afecte la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

Las reformas propuestas también contemplan que las penas se dupliquen, alcanzando hasta 12 años de cárcel, cuando las terapias de conversión se realicen en contra de menores de 18 años, adultos mayores o personas con discapacidad. Además, se establece que si el autor es padre, madre o tutor de la víctima, se aplicarán sanciones de amonestación o apercibimiento.

El documento también aborda la responsabilidad de quienes tienen una relación de subordinación con la víctima, como en casos de relación laboral, docente, médica o doméstica, así como aquellos que se valen de funciones públicas para cometer el delito.

Estos individuos enfrentarán destitución e inhabilitación.

Sanciones a profesionales de la salud

Asimismo, se establece que profesionales de la salud que participen en estas prácticas serán sancionados y suspendidos en su ejercicio profesional por uno a tres años, según lo dispuesto en el Código Penal Federal.

El proyecto de decreto establece que basta con la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que constituyan este delito, agilizando así el proceso legal en casos de terapias de conversión sexual en menores.

El Senado de la República ha tomado una postura firme contra las terapias de conversión sexual en menores, estableciendo sanciones contundentes para quienes las realicen, en un esfuerzo por proteger los derechos y la integridad de todos los ciudadanos.

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