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Suprema Corte avala sellos de advertencia del etiquetado nutrimental

Según varias industrias de alimentos, el nuevo sistema estigmatiza a algunos productos como ‘malos’ o ‘nocivos’

Suprema Corte avala sellos de advertencia del etiquetado nutrimental

CIUDAD DE MÉXICO.- El día de hoy la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha respaldado el etiquetado nutrimental con base en sellos de advertencia, en una decisión unánime que afecta a la industria alimentaria y ratifica una reforma legal impulsada por el Gobierno en 2020.

El Pleno de la Corte rechazó el primer amparo presentado por la empresa Santa Clara, una de las múltiples acciones legales promovidas por la industria alimentaria para cuestionar el etiquetado obligatorio en productos pre-envasados.

La Corte determinó que el etiquetado establecido en la Norma Oficial Mexicana (NOM) 051 y la reforma a la Ley General de Salud son medidas proporcionales, necesarias e idóneas, y que no viola el derecho a libertad de comercio, así como la seguridad jurídica y trato igualitario.

También, desestimó los argumentos “inoperantes” de Santa Clara, además de rechazar alegatos sobre supuestas violaciones de procedimiento durante el proceso de reforma de la NOM, a cargo de la Secretaría de Salud y Economía.

Las alegaciones denunciadas resultan insuficientes para provocar la invalidez, (...) se garantizó la trasparencia del procedimiento de elaboración y expedición de la norma, así como la participación de los sectores de la sociedad interesados”, presentó el ministro Alberto Pérez Dayán

Eficiencia del etiquetado

Según la sentencia, el etiquetado frontal de advertencia es la herramienta más efectiva y rápida para informar a los consumidores sobre excesos de nutrientes críticos como azúcares, grasas saturadas, trans y sodio, facilitando así una mejor selección de productos sin necesidad de cálculos matemáticos.

El ministro Luis María Aguilar señaló que el caso de la empresa Herdez, que será discutido próximamente, presenta pruebas adicionales sobre posibles violaciones de procedimiento durante la reforma a la NOM, que serán analizadas.

La industria de alimentos ha argumentado que el nuevo sistema de etiquetado es simplista y estigmatiza algunos productos como “malos” o “nocivos”, sin informar adecuadamente a los consumidores sobre el contenido nutricional. Ante esta declaración, Aguilar hizo énfasis que la epidemia de sobrepeso y diabetes que sufre el país es derivada de la falta de una política integral de múltiples factores sociales y económicos y no debe ser atribuida en exclusiva a los alimentos empacados, informó El Diario de Juárez.

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El ministro Juan Luis González Alcántara destacó hoy que si bien el nuevo etiquetado puede ser objeto de mejoras y críticas, la Corte debe respetar la experiencia y el conocimiento de los reguladores en materia de salud y nutrición.

En mayo de 2019, la Segunda Sala de la Corte avaló la versión anterior del etiquetado, impugnada por organizaciones civiles, y la mayoría en ese caso consideró que el Poder Judicial debe tener deferencia hacia las decisiones técnicas de especialistas en salud y nutrición del Gobierno.

Lo avalado por la Corte

  1. Reforma a la Ley General de Salud que ordena un etiquetado nutrimental frontal que advierta sobre exceso de grasas, azúcares y sodio
  2. Puntos de la NOM-051 que establecen:
    • Definición de nutrimentos críticos: azúcares, grasas y sodio.
    • Sellos negros hexagonales, en el frente del envase, que advierten sobre exceso de dichos nutrimentos.
    • Advertencias sobre contenido de edulcorantes y de cafeína, para evitar el consumo por parte de niños.

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