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AMLO alista decreto para declarar día de descanso el 1 de octubre por toma presidencial

Esta reforma constitucional establece una nueva dinámica política, la cual entraría en vigor por primera vez este año

AMLO alista decreto para declarar día de descanso el 1 de octubre. // Foto: Especial/El Universal

CIUDAD DE MÉXICO, México.- El presidente Andrés Manuel López Obrador prepara un decreto para establecer el 1 de octubre como día de descanso obligatorio para los empleados del Gobierno federal cada seis años, con motivo del cambio de la Presidencia de la República.

En un proyecto enviado a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer), el Presidente indica que el 10 de febrero de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución en materia política electoral.

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A través de esta reforma, se modificó, entre otras cosas, el artículo 83 constitucional para establecer el 1 de octubre del año correspondiente como la fecha de toma de protesta del Presidente electo.

El Transitorio Décimo Quinto del Decreto antes referido, señala que el periodo presidencial comprendido entre los años 2018 y 2024 iniciará el 1 de diciembre de 2018 y concluirá el 30 de septiembre de 2024″.

Reforma se aplicará por primera ocasión este año

Se señala que esta reforma constitucional estableció una nueva dinámica política, la cual entrará en vigor por primera vez el 1 de octubre de 2024.

“A efecto de asegurar la coherencia y armonización normativas entre la Ley Fundamental y el Calendario Oficial, en congruencia con el principio de supremacía constitucional, en el cual la Constitución y los tratados internacionales suscritos por el Estado mexicano en materia de derechos humanos integran la Ley Suprema de la Unión y las demás normas jurídicas deberán emanar y estar supeditadas a ellas, he tenido a bien expedir el siguiente”, reza el decreto. Y continúa:

“DECRETO ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforma el artículo Segundo del Decreto por el que se establece el Calendario Oficial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de octubre de 1993, para quedar como sigue:

ARTÍCULO SEGUNDO.- Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, cuyas relaciones de trabajo se rijan por el Apartado B) del artículo 123 Constitucional, observarán como días de descanso obligatorio para sus personas trabajadoras, los siguientes: (…) 1 de octubre de cada seis años, con motivo de la transmisión del Poder Ejecutivo Federal”.

Y finaliza con: “El anteproyecto seña que el presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

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