Edición México
Suscríbete
Ed. México

El Imparcial / Mexico / Sinaloa

Cárcel por denigrar personas y su dignidad por odio: En qué consiste la pena aprobada en Sinaloa

Aprueban en Sinaloa hasta 6 años de prisión a quien denigre dignidad de las personas por odio.

Cárcel por denigrar personas y su dignidad por odio: En qué consiste la pena aprobada en Sinaloa

CULIACÁN, Sonora.- El Congreso del Estado de Sinaloa aprobó reformas a diversas leyes estatales para promover y garantizar la capacitación de personas en materia de derechos humanos, igualdad y no discriminación para erradicar el discurso de odio.

La reforma incluye la adición de disposiciones en el Código Penal del Estado, la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación de Sinaloa, la Ley de Responsabilidades Administrativas y la Ley de Educación para Sinaloa.

Cárcel para quien denigre personas y su dignidad por odio: ¿En qué consiste?

La pena para las personas que provoquen, inciten o apoyen a difundir acciones o expresiones verbales o escritas, tendientes a denostar la dignidad de las personas basadas o motivadas en odio, será una sanción de hasta seis años de prisión y una multa que va de 50 a 200 días.

Te puede interesar: Salinas Pliego “admira” a zapatero que no llamó “ella” a mujer trans

Si estas conductas son cometidas por un servidor público en ejercicio de su función, la pena establecida para este delito se aumentará hasta en una mitad más. Los servidores públicos que incurran en estas conductas, negando o retrasando a una persona un trámite o servicio a que tengan derecho, serán acreedores a una sanción similar a la anterior.

Cuando las conductas de odio o marginación sean cometidas contra un médico, cirujanos, personas de enfermería o cualquier persona que realice actividades de atención médica, en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, durante el periodo que comprenda una emergencia sanitaria, las penas se aumentarán al doble.

Temas relacionados