Observatorio Mediatico
Observar los derechos humanos y la pobreza A propósito de la discusión sobre la Ley de Seguridad Interior, por aprobar en el Senado de la República, comparto el reciente reporte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), denominado Informe sobre la pobreza y los derechos humanos en América, publicado en septiembre de este año, que da cuenta de los avances en ciertos países en estos rubros pero también los graves y peligrosos rezagos en la materia. Este documento indica que hay una persistente condición de pobreza y pobreza extrema en América, provocada por diversos obstáculos geográficos, culturales, económicos y sociales, que impiden el disfrute de estos derechos humanos elementales para cualquier individuo. Esta condición se agrava particularmente en mujeres, niños/as, jóvenes, migrantes, indígenas, afrodescendientes, personas con discapacidad o privadas de la libertad y adultos mayores. La medición de la pobreza es una condición compleja de identificar, para el caso de México, este informe indica que en el país, “El Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), de México, adoptó un enfoque multidimensional, identificando la pobreza como intersección de dos perspectivas, el bienestar económico y los derechos sociales” (CIDH, 2017:40). En agosto pasado el gobierno de México informó que su medición de la pobreza y pobreza extrema había descendido; la Coneval con datos del 2010 al 2016 indicó que la pobreza pasó de 46.2 al 43.6% y en pobreza extrema de 11.3 a 7.6%. Estos datos generaron la suspicacia de expertos del tema, al suponer que están influidos por los procesos electorales que se avecinan. Volviendo al informe de la CIDH, éste indica que más de 28% de las mujeres urbanas y rurales en México no tienen ingresos propios, asimismo en el período 2005-2011, quince países registraron tasas de violaciones sexuales a mujeres entre 9.0 y 56.5 por cada cien mil habitantes, siendo República Dominicana quien muestra la más alta (56.5%), seguido de Costa Rica (34.6%) y México (29.0%). En México, distintas organizaciones de la sociedad civil señalaron que persisten factores circunstanciales y materiales tales como la pobreza que tienen graves consecuencias en la privación de libertad de personas indígenas al carecer de recursos monetarios para pagar una fianza cuyos montos no suelen rebasar los dos mil pesos mexicanos. Por tal razón, la CIDH, en el informe Situación de los derechos humanos en México, reportó que personas privadas de libertad están sujetas a cobros indebidos por parte de personal penitenciario a fin de que sean provistas de servicios y bienes básicos, tales como comida y agua, y salud; también se les exige cuota a fin de que no sean golpeadas y abusadas en los centros de detención. Este dato es consistente con la reciente publicación de LA CRÓNICA el pasado domingo, cuya portada se titula “Recibe la CEDH 2224 quedas en la entidad” e indica la nota que la mayoría de ellas son por violaciones a la seguridad jurídica y la dependencia que más quejas tiene en este tema es la Secretaría de Seguridad Pública del Estado. ¿Usted qué opina? El autor es profesor-investigador de la Facultad de Ciencias Humanas de la UABC.
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