Renuncié en lugar de que me despidieran: ¿tengo derecho a una liquidación?
La prima de antigüedad también puede corresponder en caso de separación por parte del patrón, sin importar los años de servicio, de acuerdo con la información vigente de PROFEDET.

Si renuncias voluntariamente a tu trabajo, el finiquito debe incluir las prestaciones que te correspondan y que estén pendientes de pago, como aguinaldo, vacaciones y prima vacacional en su parte proporcional. Si el patrón te despide sin una causa justificada, puedes solicitar la reinstalación o el pago de una indemnización de tres meses de salario, además de las prestaciones que se adeuden.
La información corresponde a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), institución de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) que brinda asesoría y defensa laboral gratuita.
La aplicación de estos derechos depende de las circunstancias de cada relación de trabajo, por lo que PROFEDET señala que cada caso debe analizarse de manera individual. (Profedet)
¿Qué te deben pagar si renuncias voluntariamente?
Cuando una persona decide terminar voluntariamente la relación laboral, tiene derecho al pago de las prestaciones que haya generado y que estén pendientes. PROFEDET identifica entre ellas el aguinaldo, las vacaciones, la prima vacacional y, cuando corresponde, la prima de antigüedad.
El aguinaldo debe pagarse de manera proporcional cuando la persona trabajó menos de un año o termina la relación laboral antes de que concluya el año. Por ley, esta prestación equivale como mínimo a 15 días de salario por un año de servicio.

La prima vacacional corresponde al menos al 25% adicional sobre los salarios que correspondan durante el periodo vacacional. Las vacaciones, por su parte, aumentan conforme a la antigüedad.
¿Cuándo corresponde la prima de antigüedad por renuncia?
En una separación voluntaria, la prima de antigüedad corresponde cuando la persona trabajadora cuenta con 15 años o más de servicio.
PROFEDET establece que esta prestación equivale a 12 días de salario por cada año trabajado, conforme a las reglas aplicables para determinar el salario base.
¿Qué te deben pagar si te despiden injustificadamente?
Ante un despido sin causa justificada, la persona trabajadora puede solicitar la reinstalación en su puesto o una indemnización de tres meses de salario, además del pago de las prestaciones que tenga pendientes, como aguinaldo, vacaciones y prima vacacional.
La prima de antigüedad también puede corresponder en caso de separación por parte del patrón, sin importar los años de servicio, de acuerdo con la información vigente de PROFEDET.
Entre las cantidades o derechos que pueden formar parte del reclamo se encuentran:
- Tres meses de salario, cuando se opta por la indemnización correspondiente al despido injustificado.
- Reinstalación, si se solicita regresar al puesto bajo los términos que correspondan.
- Aguinaldo proporcional y otras cantidades de esta prestación que estén pendientes.
- Vacaciones que correspondan y no hayan sido cubiertas.
- Prima vacacional.
- Prima de antigüedad, cuando proceda.
- Otras prestaciones laborales establecidas en el contrato o condiciones de trabajo y que estén pendientes de pago.
¿Cuánto tiempo tienes para reclamar un despido injustificado?
Si se trata de reclamar la indemnización de tres meses de salario o la reinstalación por un despido injustificado, el plazo señalado por PROFEDET es de dos meses. Este término es distinto al aplicable a otras prestaciones laborales, que en diversos casos cuentan con plazos de un año.
Por ello, la fecha en que terminó la relación laboral es un dato relevante para determinar el plazo disponible y las acciones que pueden ejercerse.
¿Qué documentos debes llevar a PROFEDET?
Para una primera orientación, PROFEDET recomienda proporcionar información sobre la relación laboral y, cuando se tengan disponibles, documentos que permitan acreditar las condiciones del empleo. (Profedet)
Entre los datos y documentos que pueden solicitarse están:
- Identificación oficial.
- Nombre de la persona empleadora.
- Domicilio de la fuente de trabajo.
- Recibos de nómina, en caso de contar con ellos.
- Fecha de ingreso.
- Puesto o categoría.
- Salario y periodo de pago.
- Contrato individual de trabajo o constancia laboral, si se tiene.
- Escrito de renuncia, cuando corresponda.
- Comprobantes de pago.
- Documentos relacionados con las prestaciones laborales.
- Cualquier otro documento relacionado con el problema laboral.
PROFEDET aclara que los requisitos pueden variar según las características de cada caso y que, después de analizar la situación, pueden solicitarse datos adicionales.
¿Dónde puedes recibir asesoría laboral gratuita?
PROFEDET ofrece orientación y asesoría gratuita a las personas trabajadoras. La dependencia señala que sus servicios pueden incluir asesoría, asistencia durante la conciliación y, cuando corresponde, representación ante los tribunales laborales.
Para orientación telefónica, PROFEDET publica los números 800 717 2942 y 800 911 7877. También cuenta con oficinas para atención presencial y canales institucionales de contacto.
En la Ciudad de México, la información proporcionada por PROFEDET señala como oficina central la ubicada en Dr. José María Vértiz 211, colonia Doctores, alcaldía Cuauhtémoc. Para conocer oficinas de atención en otras entidades, la dependencia dispone de un buscador institucional.
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