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¿Habrá días de descanso obligatorio en octubre de 2026? Esto dice la LFT

Una empresa pueda establecer días adicionales de descanso mediante sus políticas internas, contrato individual, contrato colectivo u otras condiciones laborales aplicables.

¿Habrá días de descanso obligatorio en octubre de 2026? Esto dice la LFT

Octubre de 2026 no tendrá ningún día de descanso obligatorio nacional para los trabajadores cuyo vínculo laboral se rige por la Ley Federal del Trabajo (LFT). El 1 de octubre, que fue feriado en 2024 por la transmisión del Poder Ejecutivo Federal, solo tiene esa condición cada seis años cuando ocurre el cambio de Gobierno. (Diario Oficial de la Federación)

La regla está establecida en la fracción VII del artículo 74 de la LFT, reformada y publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 30 de septiembre de 2024.

La legislación vigente mantiene esa disposición y la Cámara de Diputados registra esa reforma entre las modificaciones aplicables a la ley. (Diario Oficial de la Federación)

¿El 1 de octubre de 2026 será día de descanso obligatorio?

El jueves 1 de octubre de 2026 será un día laboral ordinario para quienes están sujetos al calendario de descansos obligatorios de la LFT.

La reforma establece que el 1 de octubre es descanso obligatorio cada seis años y únicamente cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal. Por esa razón, la disposición se aplicó el 1 de octubre de 2024, pero no vuelve a aplicarse en 2026. (Diario Oficial de la Federación)

El próximo 1 de octubre que tendrá esta condición será en 2030, cuando corresponda nuevamente la transmisión del Poder Ejecutivo Federal.

¿Qué días de octubre son feriados por ley?

El artículo 74 de la LFT no establece otro descanso obligatorio nacional durante octubre. La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) también incluye el 1 de octubre únicamente bajo la condición de que corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal. (Procuraduría Federal del Trabajo)

Para octubre de 2026, el calendario laboral queda así:

  • 1 de octubre: no es descanso obligatorio en 2026.
  • 12 de octubre: no está contemplado como descanso obligatorio nacional por la LFT.
  • Resto de octubre: no existe otro feriado nacional establecido por el artículo 74.
  • Puente obligatorio en octubre: no hay uno previsto por la legislación laboral federal.

Esto no impide que una empresa pueda establecer días adicionales de descanso mediante sus políticas internas, contrato individual, contrato colectivo u otras condiciones laborales aplicables.

¿Cuándo será el siguiente descanso obligatorio después de septiembre?

Después del 16 de septiembre, el siguiente descanso obligatorio general previsto por la LFT será el tercer lunes de noviembre, correspondiente a la conmemoración del 20 de noviembre. En 2026, esa fecha será el lunes 16 de noviembre. La PROFEDET incluye este día entre los descansos obligatorios establecidos por la legislación laboral. (Procuraduría Federal del Trabajo)

El calendario relevante para los trabajadores durante este periodo es:

  • 16 de septiembre de 2026: descanso obligatorio.
  • Octubre de 2026: no hay descanso obligatorio nacional.
  • 16 de noviembre de 2026: descanso obligatorio por la conmemoración del 20 de noviembre.
  • 25 de diciembre de 2026: descanso obligatorio.

Si una persona debe trabajar durante un día que sí está considerado descanso obligatorio, la PROFEDET señala que tiene derecho a recibir, además de su salario correspondiente al descanso, un pago adicional que eleva la remuneración total a tres veces el salario diario. (Procuraduría Federal del Trabajo)

Por ello, para octubre de 2026 no existe un pago especial por laborar el día 1 bajo la regla de descanso obligatorio, ya que esa fecha no tiene dicha condición este año.

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