Profeco llama a comercios y gasolineras a calibrar sus básculas y bombas en los periodos establecidos para evitar multas e inmovilización de equipos
Las verificaciones periódicas deben tramitarse en dos lapsos fijos para certificar el pesaje correcto de productos y el cobro justo de insumos.
MÉXICO.- La Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) emitió un llamado dirigido a personas físicas y morales que utilizan instrumentos de medición en transacciones comerciales. La dependencia establece la obligación de verificar y calibrar básculas, bombas despachadoras y medidores en comercios como tienditas, carnicerías, tortillerías, fruterías y gasolineras para garantizar cobros exactos a los usuarios.
El cumplimiento de esta medida busca certificar la precisión del pesaje y el volumen despachado en establecimientos de todo el país. Los comercios que no realicen el procedimiento en las fechas estipuladas quedan expuestos a sanciones administrativas, la imposición de multas económicas y la colocación de sellos que impiden el uso de sus equipos.
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¿Qué instrumentos de medición deben calibrarse?
La supervisión de la PROFECO alcanza a diferentes equipos utilizados en la venta directa al público o en procesos de envasado industrial. La normativa vigente reconoce categorías específicas que deben someterse a revisión técnica para mantener su operación comercial.
Entre los equipos regulados se encuentran:
- Básculas comerciales: En sus modalidades mecánicas, electrónicas y electromecánicas o híbridas, clasificadas conforme a la Norma Oficial Mexicana NOM-010-SCFI-1994.
- Bombas de combustible: Dispensadores instalados en estaciones de servicio de gasolina, diésel y gas LP.
- Medidores de gas y líquidos: Dispositivos instalados para determinar consumos residenciales e industriales, así como volúmenes de agua, leche, aceites y bebidas.
- Relojes registradores y llenadoras: Equipos de registro de tiempo comercial y maquinaria de envasado que debe alinearse con la norma NOM-002-SCFI.
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¿Cuáles son los plazos y periodos obligatorios?
Los dueños de negocios deben solicitar las verificaciones respetando el tipo de calibración y la antigüedad del equipo. Para la calibración inicial, las bombas de gasolina y combustibles líquidos deben tramitarse a más tardar 30 días después de su instalación, mientras que los equipos de gas LP requieren revisión previa a su uso.
En el caso de la calibración periódica, la PROFECO fija dos lapsos obligatorios al año para básculas y dispensadores de gasolina:
- Primer periodo: Del 1 de enero al 31 de marzo.
- Segundo periodo: Del 1 de julio al 30 de septiembre.
Los tanques de gas LP y relojes registradores con menos de 10 años de antigüedad se verifican una vez al año, del 1 de enero al 31 de mayo. Si sobrepasan los 10 años de uso, la revisión debe realizarse cada seis meses dentro de los dos periodos señalados. Existe también la calibración extraordinaria, la cual puede pedirse de forma voluntaria tras hacer ajustes o reparaciones al equipo.
¿Cómo solicitar la verificación en línea?
El procedimiento para regularizar los instrumentos puede gestionarse mediante el portal digital de la PROFECO en tres etapas:
- Registro de datos: Crear un perfil en la plataforma oficial e ingresar las características de las básculas o medidores.
- Pago digital: Realizar el pago de derechos con tarjeta bancaria o transferencia y obtener el comprobante de pago.
- Inspección física: Un inspector denominado defensor de la confianza acude al establecimiento comercial para llevar a cabo la prueba física del equipo.
¿Qué sanciones aplican a los comercios no regulados?
Si un negocio omite el trámite o los equipos presentan un funcionamiento incorrecto que no se pueda ajustar en el momento, la autoridad impondrá multas monetarias según el valor de la UMA. Además, el inspector adherirá la etiqueta con la leyenda “instrumento de medición no apto para transacciones comerciales”.
Dicho sello prohíbe utilizar el aparato hasta que el titular resuelva las fallas técnicas y tramite una nueva calibración ante alguna de las 38 Oficinas de Defensa del Consumidor. Aquellos negocios que cumplan satisfactoriamente el examen reciben el holograma oficial que valida el uso transparente de sus básculas o bombas.
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