El Imparcial / Dinero /

En qué casos el SAT visita tu domicilio fiscal y los documentos obligatorios que deben mostrar los auditores antes de la revisión

El Servicio de Administración Tributaria aplica auditorías enfocadas en perfiles de riesgo fiscal mediante reglas estrictas del Código Fiscal de la Federación.

En qué casos el SAT visita tu domicilio fiscal y los documentos obligatorios que deben mostrar los auditores antes de la revisión

MÉXICO.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) realiza visitas domiciliarias a contribuyentes, responsables solidarios y terceros relacionados con el objetivo de verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y aduaneras. Este procedimiento de fiscalización directa se aplica bajo el Plan Maestro de Fiscalización y el modelo de “Fiscalización Inteligente”, dirigiéndose a perfiles específicos que presentan señales de riesgo u operaciones irregulares en su contabilidad.

La medida busca combatir la evasión fiscal y comprobar que las transacciones reportadas tengan sustento económico real. Sin embargo, al tratarse de un acto regulado por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Código Fiscal de la Federación (CFF), los visitadores del SAT deben cumplir con requisitos formales e identificaciones oficiales impresas en original para respaldar la legalidad de la diligencia en el domicilio fiscal.

La medida busca combatir la evasión fiscal y comprobar que las transacciones reportadas tengan sustento económico real.  | Grok

Te puede interesar: El SAT sanciona con multas de hasta 11,540 pesos a contribuyentes con actividad económica que no activen o revisen su Buzón Tributario

¿A quiénes realiza el SAT una visita domiciliaria?

La autoridad fiscal enfoca sus procedimientos de auditoría en sectores y contribuyentes con inconsistencias operativas o financieras. Entre las perfiles detectados con mayor riesgo fiscal destacan:

  • Empresas que simulan operaciones (EFOS): Negocios identificados como emisores o receptores de comprobantes fiscales de facturaciones falsas.
  • Personas con discrepancia fiscal: Contribuyentes que registran gastos o movimientos financieros superiores a los ingresos declarados.
  • Domicilios no localizados o simulados: Oficinas registrales ubicadas en domicilios particulares o contribuyentes no ubicados por la autoridad.
  • Cadenas comerciales vinculadas: Entidades que mantienen operaciones con redes de empresas de facturación falsa.

Asimismo, se practican verificaciones en locales, establecimientos o puestos en vía pública para comprobar la expedición de facturas, la legal procedencia de mercancías extranjeras y el correcto uso de controles volumétricos, marbetes y precintos.

Te puede interesar: Qué contribuyentes deben agendar una cita con el fisco en el SAT para tramitar la e.firma o el RFC y cómo agendarla paso a paso gratis en línea o mediante la Fila Virtual

¿En qué días y horarios se llevan a cabo las revisiones?

Por regla general, las diligencias de auditoría se desarrollan en días y horas hábiles. Las horas correspondientes abarcan de 7:30 a 18:00 horas, de lunes a viernes, con excepción de sábados, domingos, días de descanso obligatorio señalados por la ley y los periodos vacacionales institucionales.

Existen excepciones legales donde todos los días y las 24 horas del día se consideran hábiles, como en la verificación de comercio exterior y transporte de mercancías en tránsito. Además, la autoridad puede habilitar horarios fuera del margen ordinario cuando el contribuyente trabaje en tales horas o se requiera asegurar la contabilidad para evitar su alteración o destrucción.

¿Qué documentos debe entregar el personal del SAT al presentarse?

Para que una visita domiciliaria mantenga validez legal, el personal asignado debe identificarse y entregar documentación en físico al inicio del procedimiento:

  1. Orden de visita domiciliaria escrita e impresa: Documento emitido por funcionario competente con el nombre o razón social del contribuyente, fundamento legal, objeto de la visita, firma autógrafa o electrónica avanzada, lugar a revisar y los nombres de los visitadores autorizados.
  2. Identificación oficial del SAT: Credencial vigente de cada visitador con nombre, foto, número de empleado, vigencia, cargo, sellos y firmas oficiales. Los datos deben coincidir con la orden.
  3. Oficio de habilitación: Documento firmado por el Administrador Desconcentrado que acredita al personal para la visita o notificación específica.
  4. Carta de los Derechos del Contribuyente Auditado: Ejemplar original que debe entregarse al inicio, dejando constancia formal en el acta parcial de inicio.

¿Qué precauciones y derechos corresponden al contribuyente?

Los ciudadanos pueden validar la identidad de los visitadores en la sección “Validación de Autenticidad” del portal oficial del SAT solicitando el RFC y número de empleado al auditor. Es indispensable revisar que las órdenes cuenten con código de barras bidimensional, Sello Digital y Código Seguro de Verificación.

Durante el inicio de la diligencia, el visitado debe nombrar a dos testigos idóneos de su confianza para certificar el acta. Los visitadores están autorizados para registrar la revisión mediante herramientas tecnológicas de audio, video o fotografía, informando previamente al contribuyente.

Los visitadores están autorizados para registrar la revisión mediante herramientas tecnológicas de audio, video o fotografía, informando previamente al contribuyente.. (Imagen Ilustrativa)

Ningún pago de contribuciones o multas se efectúa en efectivo o de manera directa a los inspectores; todos los adeudos se liquidan electrónicamente o en ventanillas bancarias autorizadas. De igual forma, el contribuyente cuenta con el derecho de acompañarse por un abogado o contador, solicitar apoyo gratuito a la Prodecon, presentar pruebas en un plazo de 20 días hábiles tras la última acta parcial y acceder al beneficio de autocorrección con reducción de multas.

Sigue nuestro canal de WhatsApp

Recibe las noticias más importantes del día. Da click aquí