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Ya es oficial: SAT multará con hasta 7 millones 600 mil pesos a abogados, contadores y freelancers que no presenten avisos antes del día 17 de cada mes, según la LFPIORPI

La ley mexicana contra el lavado de dinero obliga a algunos profesionistas independientes —como abogados, contadores, gestores o consultores— a registrarse ante el SAT y presentar avisos cuando realicen ciertas operaciones en nombre de sus clientes.

Ya es oficial: SAT multará con hasta 7 millones 600 mil pesos a abogados, contadores y freelancers que no presenten avisos antes del día 17 de cada mes, según la LFPIORPI

El marco legal proviene de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), particularmente del Artículo 17, que define las llamadas “Actividades Vulnerables”. Estas disposiciones forman parte del sistema nacional de prevención de lavado de dinero en México.

De acuerdo con información publicada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y explicada por el medio especializado Expansión, las obligaciones aplican cuando un profesionista independiente realiza determinadas operaciones en representación de clientes, incluso si dichas actividades son completamente legales.

A continuación te explicamos qué son las Actividades Vulnerables, a quiénes aplican, qué operaciones obligan al registro y qué sanciones existen si no se cumplen estas reglas.

¿Qué son las “Actividades Vulnerables” del SAT?

Las Actividades Vulnerables son operaciones que, por su naturaleza, pueden utilizarse para ocultar, transferir o mover recursos de procedencia ilícita.

Por esta razón, la ley obliga a identificar y reportar ciertas transacciones cuando participan intermediarios profesionales.

Según el Artículo 17 de la LFPIORPI, los profesionistas independientes deben registrarse cuando:

  • No tienen relación laboral directa con el cliente.
  • Realizan operaciones en nombre o representación de ese cliente.
  • Dichas operaciones implican manejo de recursos, actos corporativos o administración de activos.

Es importante aclarar que el registro no implica que exista una irregularidad, sino que forma parte de los mecanismos de vigilancia financiera del país.

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Es importante aclarar que el registro no implica que exista una irregularidad, sino que forma parte de los mecanismos de vigilancia financiera del país.

¿Qué profesionistas pueden estar obligados a registrarse?

La obligación suele aplicarse a profesionistas independientes que intervienen en operaciones financieras o corporativas, por ejemplo:

  • Abogados
  • Contadores
  • Consultores
  • Gestores
  • Asesores financieros
  • Intermediarios en operaciones empresariales

El requisito surge cuando participan activamente en ciertas operaciones de sus clientes, no simplemente por brindar asesoría general.

¿Qué operaciones obligan al registro ante el SAT?

El registro se vuelve obligatorio cuando el profesionista interviene en operaciones como:

  • Compraventa de bienes inmuebles o cesión de derechos sobre propiedades.
  • Administración o manejo de recursos, valores o activos de clientes.
  • Gestión de cuentas bancarias, de ahorro o de valores.
  • Organización de aportaciones de capital para crear o administrar empresas.
  • Constitución, fusión o escisión de sociedades.
  • Operación o administración de fideicomisos o entidades mercantiles.

Estas operaciones se consideran dentro del sistema de prevención de lavado de dinero porque pueden ser utilizadas para ocultar el origen de recursos.

Además del registro, ¿qué obligaciones deben cumplir?

Registrarse es solo el primer paso. La ley establece varias obligaciones adicionales para quienes realizan Actividades Vulnerables.

Entre las principales están:

Presentar avisos al SAT

Cuando se realiza una operación de este tipo, se debe enviar un aviso a la autoridad.

Estos avisos deben incluir:

  • Datos del profesionista
  • Datos del cliente
  • Identificación del beneficiario controlador
  • Descripción de la operación realizada

Plazo para presentar los avisos

Los avisos deben enviarse a más tardar el día 17 del mes siguiente a la operación.

Reportar incluso cuando no haya operaciones

En algunos casos también es necesario enviar informes cuando no se hayan realizado operaciones en el periodo.

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¿Qué otras obligaciones establece la ley?

Además del registro y los avisos, la normativa exige cumplir con medidas adicionales de control.

Entre ellas:

  • Designar a un responsable de cumplimiento en el caso de empresas.
  • Evitar pagos en efectivo en operaciones relacionadas con estas actividades.
  • Documentar todas las operaciones mediante comprobantes o facturas.
  • Resguardar información y expedientes de cada cliente.
  • Permitir visitas de verificación por parte de la autoridad.

Estas medidas buscan dar trazabilidad a las operaciones financieras y detectar movimientos inusuales.

¿Qué pasa si un profesionista no se registra o no presenta avisos?

El incumplimiento puede generar sanciones administrativas importantes.

Las multas contempladas por la ley van de 200 a 65,000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

En términos aproximados, esto puede representar:

  • Desde 23,462 pesos
  • Hasta 7,625,150 pesos

Además, la autoridad puede suspender temporalmente la realización de operaciones relacionadas con estas actividades hasta que se resuelva el procedimiento.

¿Cómo registrarse en Actividades Vulnerables paso a paso?

El registro se realiza en línea en el portal del SAT, dentro del sistema de prevención de lavado de dinero.

El proceso consiste en:

  1. Ingresar al Sistema del Portal de Prevención de Lavado de Dinero (SPPLD).
  2. Acceder con e.firma vigente.
  3. Verificar los datos del contribuyente.
  4. Registrar la actividad dentro de “Servicios profesionales”.
  5. Indicar el domicilio donde se realizan las actividades.
  6. Designar al responsable de cumplimiento (si se trata de una empresa).
  7. Descargar el documento de alta y registro.

El propio portal del SAT ofrece guías y plantillas para completar el trámite.

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El registro en Actividades Vulnerables no es un impuesto ni un permiso para ejercer la profesión. Foto: Border Zoom

¿Por qué es importante cumplir con esta obligación si trabajas por tu cuenta?

El registro en Actividades Vulnerables no es un impuesto ni un permiso para ejercer la profesión.

Se trata de una medida que permite al Estado identificar operaciones con riesgo de lavado de dinero y dar seguimiento cuando sea necesario.

Para los profesionistas independientes, cumplir con estas disposiciones ayuda a:

  • Evitar multas millonarias
  • Prevenir suspensiones de operaciones
  • Mantener certeza jurídica en su actividad profesional

Qué revisar si trabajas como profesionista independiente

Si trabajas por tu cuenta, conviene verificar lo siguiente:

  • Si realizas operaciones financieras o corporativas en nombre de clientes.
  • Si debes registrarte en el portal del SAT con e.firma.
  • Si necesitas presentar avisos mensuales por las operaciones realizadas.
  • Si tus actividades podrían considerarse Actividades Vulnerables.

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Cumplir con estas obligaciones permite seguir ejerciendo la profesión sin sanciones y dentro del marco legal que regula la prevención de lavado de dinero en México.

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