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¿Se puede cobrar una pensión a través de una rifa, sorteo o lotería que ganó el deudor?

La SCJN ha reiterado que el interés superior del menor prevalece sobre casi cualquier otro derecho.

¿Se puede cobrar una pensión a través de una rifa, sorteo o lotería que ganó el deudor?

CIUDAD DE MÉXICO.- — Ganar la lotería, una rifa o un sorteo es el sueño de millones de mexicanos.

Sin embargo, cuando el afortunado ganador tiene deudas pendientes, especialmente en materia de pensión alimenticia, la celebración puede verse interrumpida por la ley.

En México, los derechos de los acreedores alimentarios (hijos, cónyuges o padres) gozan de una protección especial que se antepone a la propiedad privada del deudor sobre sus ganancias extraordinarias.

Con el aumento del 13% del salario mínimo, que entró en vigor desde el 1 de enero de 2026, la pensión alimenticia también debe reflejar ese incremento

¿Qué factores se toman el cuenta al momento de fijar la pensión alimenticia?

La legislación civil en México (tanto el Código Civil Federal como los códigos estatales) establece que la pensión alimenticia debe fijarse bajo el principio de proporcionalidad.

Esto significa que el monto de la pensión debe estar en consonancia con las necesidades del que recibe (acreedor) y las posibilidades del que da (deudor).

Cuando una persona gana un premio importante, su capacidad económica cambia drásticamente. Ante la ley, esto constituye un hecho superveniente que permite a la contraparte solicitar un incidente de incremento de pensión.

Si el deudor ya tiene un adeudo acumulado (alimentos caídos), el premio se convierte en el activo principal de donde el juez puede ordenar el pago inmediato.

¿Es embargable un premio de lotería o sorteo?

La respuesta corta es . A diferencia del patrimonio familiar o el salario mínimo (que tienen límites de inembargabilidad para deudas mercantiles), los ingresos por premios son considerados ingresos extraordinarios y son plenamente embargables para satisfacer obligaciones alimentarias.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha reiterado que el interés superior del menor prevalece sobre casi cualquier otro derecho. Incluso recursos que antes se consideraban intocables, como las subcuentas de retiro (AFORE), han sido declarados embargables por la Corte para garantizar alimentos.

El sorteo se realizó en estricto apego al permiso de la Secretaría de Gobernación, además de supervisión de un inspector federal l Foto: Cortesía

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Con mayor razón, un ingreso fortuito como el de una rifa o lotería está sujeto a ejecución judicial si existe un juicio de alimentos previo o un adeudo registrado.

El Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias (RNOA)

Recientemente, México implementó cambios significativos con la creación del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias. Este “buró de crédito de deudores alimentarios” busca impedir que quienes deben pensión realicen trámites importantes o eludan sus responsabilidades.

Si un deudor alimentario moroso intenta cobrar un premio que requiere identificación oficial y RFC (obligatorio para premios mayores en la Lotería Nacional), su nombre podría aparecer en las bases de datos judiciales. Aunque la Lotería Nacional no realiza el embargo de forma automática al momento de entregar el cheque, el ingreso queda registrado ante el SAT.

Lanzan propuesta de reforma para garantizar pensión alimenticia retroactiva desde el nacimiento de cada niño. Foto: Especial

Una vez que el acreedor alimentario o el juez detectan este incremento patrimonial a través de una investigación de bienes, se emite una orden de embargo sobre la cuenta bancaria donde se depositó el premio.

El proceso de retención y pago

Es importante distinguir entre la retención de impuestos y la retención por deudas:

  • Impuestos: La institución que otorga el premio (Lotería Nacional, Pronósticos, etc.) está obligada por ley a retener el Impuesto Sobre la Renta (ISR) federal (1%) y el estatal correspondiente antes de entregar el neto.
  • Deudas de Pensión: Si ya existe una orden de embargo dictada por un juez de lo familiar, esta puede notificarse a la institución pagadora para que, antes de entregar el premio al ganador, se segregue la parte correspondiente al adeudo de pensión y se entregue directamente al juzgado o al beneficiario.

Alimentos retroactivos (Deudas del pasado)

Muchos deudores creen que si el hijo ya es mayor de edad, la deuda desaparece. Sin embargo, la SCJN ha determinado que el pago de alimentos retroactivos es un derecho que no prescribe fácilmente si nunca se cumplió durante la minoría de edad.

El Pleno de la Suprema Corte declaró constitucional el límite anual al aumento de rentas. (SCJN)

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Si ganas una rifa hoy, el beneficiario (aunque ya sea adulto) puede reclamar el pago de todo lo que no se le dio en su infancia utilizando el premio como garantía de pago.

Consecuencias penales: El abandono de obligaciones

En México, el incumplimiento de la pensión alimenticia no solo es una falta civil, sino un delito (Abandono de Obligaciones Alimenticias).

Si un deudor gana un premio millonario y oculta el dinero para no pagar la deuda pendiente, está incurriendo en una conducta dolosa que puede agravar su situación jurídica, incluyendo penas de prisión, ya que demuestra que tiene los recursos pero no la voluntad de cumplir.

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