Ya es oficial: SAT multará con hasta 7 millones 600 mil pesos a abogados, contadores y freelancers que no presenten avisos antes del día 17 de cada mes, según la LFPIORPI
La obligación no está ligada al pago de impuestos, sino a la vigilancia de operaciones que podrían implicar recursos de procedencia ilícita.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) exige a ciertos profesionistas independientes registrarse en el sistema de prevención de lavado de dinero y presentar avisos cuando realicen operaciones específicas en nombre de sus clientes.
La obligación no está ligada al pago de impuestos, sino a la vigilancia de operaciones que podrían implicar recursos de procedencia ilícita.
La información se basa en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) y en datos publicados por el medio especializado Expansión, con fundamento en disposiciones oficiales del SAT.
¿Qué son las “Actividades Vulnerables” del SAT y a quién aplican?
Las Actividades Vulnerables son aquellas que, por su naturaleza, pueden utilizarse para ocultar o mover recursos de procedencia ilícita. Por ello, la autoridad fiscal exige su identificación y monitoreo.
De acuerdo con el Artículo 17 de la LFPIORPI, los profesionistas independientes —como abogados, contadores, gestores o consultores— deben registrarse cuando, sin relación laboral directa, realizan operaciones en nombre de sus clientes que impliquen manejo de recursos o actos corporativos.
Estas disposiciones aplican incluso cuando las actividades son legales. El objetivo es prevenir el lavado de dinero, no sancionar el ejercicio profesional.

¿Qué operaciones obligan al registro ante el SAT?
El registro se vuelve obligatorio cuando el profesionista participa en operaciones como:
- Compraventa de bienes inmuebles o cesión de derechos sobre estos.
- Administración o manejo de recursos, valores o activos de clientes.
- Manejo de cuentas bancarias, de ahorro o de valores.
- Organización de aportaciones de capital para constituir o administrar sociedades.
- Constitución, fusión, escisión u operación de empresas, fideicomisos o entidades mercantiles.
Estas actividades se consideran objeto de identificación dentro del sistema de prevención de lavado de dinero.
Además de registrarse, ¿qué obligaciones deben cumplir los profesionistas?
El registro en el Sistema del Portal de Prevención de Lavado de Dinero (SPPLD) es solo el primer paso. También se deben cumplir otras obligaciones cuando se realicen operaciones financieras en nombre de clientes.
Entre las principales están:
- Presentar avisos al SAT cuando se ejecuten operaciones relacionadas con Actividades Vulnerables.
- Enviar los avisos a más tardar el día 17 del mes siguiente a la operación.
- Incluir datos del profesionista, del cliente y del beneficiario controlador.
- Describir la actividad que originó el aviso.
- Enviar informes cuando no se hayan realizado operaciones en un periodo.
Te puede interesar: Ya es oficial: SAT bloqueará a miles de contribuyentes por tener su e.firma vencida: el certificado dura 4 años y así es como puedes revisar su vigencia
También se debe:
- Designar a un representante responsable del cumplimiento de la ley.
- Evitar pagos en efectivo en operaciones relacionadas.
- Documentar cada operación con comprobantes y facturas.
- Resguardar la información que respalde las actividades.
- Permitir visitas de verificación de la autoridad.
¿Qué pasa si no se cumple con el registro o los avisos?
No registrarse o incumplir con las obligaciones puede generar sanciones administrativas.
Las multas van de 200 a 65,000 veces el valor diario de la UMA, lo que equivale aproximadamente a:
- Entre 23,462 y 7,625,150 pesos, según la gravedad de la falta.
Además, la autoridad puede suspender temporalmente la realización de operaciones con clientes relacionadas con estas actividades hasta que se resuelva el procedimiento.

¿Cómo registrarse en Actividades Vulnerables paso a paso?
El registro se realiza en línea en el portal del SAT:
- Ingresar al Sistema del Portal de Prevención de Lavado de Dinero (SPPLD).
- Acceder con e.firma vigente.
- Verificar datos y registrar la actividad en “Servicios profesionales”.
- Indicar domicilio donde se realizan las actividades.
- Designar al responsable de cumplimiento (en caso de personas morales).
- Obtener el documento de alta y registro.
El SAT ofrece plantillas y guías dentro del mismo portal para completar el trámite.
¿Por qué es importante este registro para profesionistas independientes?
La obligación forma parte del sistema nacional de prevención de lavado de dinero. No implica que el profesionista haya cometido una falta. Su objetivo es que la autoridad pueda identificar operaciones con riesgo y dar seguimiento cuando sea necesario.
Para quienes trabajan por cuenta propia, cumplir con estas disposiciones evita multas, suspensiones y problemas administrativos.
Qué debes revisar si trabajas por tu cuenta
- Si realizas operaciones financieras o corporativas en nombre de clientes, podrías estar obligado a registrarte.
- El registro se hace en el portal del SAT con e.firma.
- Debes presentar avisos mensuales cuando corresponda.
- Las multas por incumplimiento pueden superar los 7 millones de pesos.
Mantenerse al día con estas obligaciones permite ejercer la profesión con certeza jurídica y evitar sanciones.
Sigue nuestro canal de WhatsApp
Recibe las noticias más importantes del día. Da click aquí
Te recomendamos

¿Por qué Ricardo Salinas Pliego podrá pagarle al SAT en “abonos chiquitos”, así como en Elektra?

Adeudos con el SAT aumentaron en 2025; rebasan los 3 billones de pesos

SAT encontró la manera de triplicar su recaudación a través de multas fiscales: sumaron 26 mil 769 millones en 2025 con el endurecimiento de vigilancia en comercio exterior y declaraciones, con mayor detección automática de inconsistencias fiscales

¿Cuándo te puede auditar el SAT y cómo saber si estás en la lista de revisión?


Grupo Healy © Copyright Impresora y Editorial S.A. de C.V. Todos los derechos reservados