¿Aún no te han dado el aguinaldo? Esta es la fecha límite para el pago y las multas que podrían recibir los patrones de no cumplir antes de la fecha límite
El aguinaldo debe pagarse en efectivo o depósito bancario, pero nunca en especie (no mercancías, vales, fichas).

CIUDAD DE MÉXICO.— El aguinaldo es una de las prestaciones laborales más esperadas del año y un derecho garantizado por la Ley Federal del Trabajo (LFT) desde 1970.
Conforme al artículo 87, todas las personas trabajadoras en México deben recibir este pago antes del 20 de diciembre de 2025, sin excepción.
¿Quiénes tienen derecho al aguinaldo?
El beneficio aplica para prácticamente todos los trabajadores que laboran bajo una relación subordinada, entre ellos:
- Trabajadores de base, de confianza, de planta y sindicalizados
- Personas contratadas por obra, por tiempo determinado, temporales o a prueba
- Agentes de comercio, comisionistas, vendedores y agentes de seguros
Incluso los trabajadores freelance o independientes pueden recibir aguinaldo, siempre que exista una relación laboral comprobable con un patrón.
¿Cuántos días de aguinaldo corresponden en 2025?
La ley establece que el aguinaldo debe ser equivalente a mínimo 15 días de salario por un año de servicio.
Quienes hayan trabajado menos tiempo recibirán una parte proporcional.
El pago genera impuestos salvo cuando el monto es inferior a 30 UMAs, es decir, 3 mil 439.46 pesos durante 2025, según una nota escrita por Elisa Villa Román, en el portal web El País.
¿Cómo se debe pagar el aguinaldo?
El pago debe realizarse en:
- Efectivo
- Pesos mexicanos
Sin embargo, puede depositarse en cuenta bancaria, tarjeta de débito o transferencia, siempre con consentimiento del trabajador. Si el proceso genera algún costo, el patrón debe absorberlo.
La ley prohíbe expresamente pagarlo en especie: mercancías, vales, fichas u otros sustitutos de moneda.
Multas para patrones que no paguen el aguinaldo
No pagar, pagar incompleto o retrasar el aguinaldo puede generar sanciones de entre:
- 50 a 5,000 UMAs
- Equivalentes en 2025 a 5 mil 657 a 565 mil 700 pesos
El trabajador tiene un año para presentar una denuncia, a partir del 20 de diciembre.
¿Dónde denunciar?
Las quejas pueden presentarse ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) por medio de:
- Página web: gob.mx/profedet
- Teléfonos: 01 800 717 2942, 01 800 911 7877 y 55 5998 2000
- Correo: orientacionprofedet@stps.gob.mx
- Oficinas de Profedet en todo el país
¿Qué pasa con la iniciativa para aumentar el aguinaldo a 30 días?
La propuesta para duplicar de 15 a 30 días el mínimo de pago sigue detenida en el Congreso.
El proceso legislativo pendiente incluye:
- Discusión y dictamen en la Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados
- Votación en el Pleno
- Revisión y votación en el Senado
- Envío a la presidenta Claudia Sheinbaum
- Publicación en el Diario Oficial de la Federación
Hasta hoy, la prestación se mantiene en 15 días mínimos para trabajadores del sector privado.
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