SAT cambia las reglas del juego: ahora podrá embargar antes de un juicio con nueva reforma fiscal, advierten expertos
Expertos alertan que la reforma al artículo 141 del Código Fiscal fortalece al SAT y reduce la flexibilidad de los contribuyentes para garantizar sus créditos fiscales, afectando principalmente a pequeñas empresas.

MÉXICO.- Con la aprobación de la Ley de Ingresos 2026 en el Senado, también se avaló una reforma al artículo 141 del Código Fiscal de la Federación, que —según especialistas— endurece las condiciones para los contribuyentes que enfrenten créditos fiscales y limita su capacidad para defenderse.
¿Qué cambia con la reforma al artículo 141?
De acuerdo con información del medio Reforma, el artículo 141 aplica cuando un contribuyente, ya sea persona física o moral, interpone un juicio o recurso de revocación contra el Servicio de Administración Tributaria (SAT), por ejemplo, al impugnar un crédito fiscal.
Según explica Juan Carlos Pérez Góngora, socio director del despacho Pérez Góngora y Asociados, el cambio principal es que ahora se deberá garantizar el interés fiscal desde el primer medio de defensa, es decir, desde que inicia la impugnación, y no en etapas posteriores como sucede actualmente.
Hoy en día los medios de defensa son sobre una liquidación de la autoridad fiscal. Es el recurso de revocación ante la misma autoridad administradora, después sigue el juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa y luego te vas al juicio de amparo en el Poder Judicial”, explicó.
“En la actualidad tú tienes que garantizar el interés fiscal cuando te vas al juicio de nulidad ante el tribunal y ante el amparo, no cuando te vas al recurso de revocación con la misma autoridad, ahí no garantizas el interés fiscal”.

Según el especialista, la nueva disposición adelanta esa obligación, lo que incrementará la carga financiera de los contribuyentes que busquen defenderse legalmente.
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Las garantías fiscales: del abanico a la lista obligatoria
Otro cambio importante, explicó un fiscalista que pidió omitir su nombre, es que el artículo 141 antes ofrecía siete opciones para garantizar el interés fiscal:
- Depósito en dinero
 - Carta de crédito
 - Prenda o hipoteca
 - Fianza
 - Obligación solidaria
 - Embargo
 - Títulos valor o cartera de créditos
 
Con la reforma, el SAT establece un orden obligatorio, comenzando con la figura del billete de depósito en una institución autorizada, lo que en la práctica implica entregar dinero en efectivo.
“Es prácticamente en efectivo y seguramente va a ser en el Banco del Bienestar o en el Banco del Ejército, en algún banco de Gobierno”, señaló.
“Al establecer un orden obligatorio en las formas de garantía y excluir ciertos bienes, se limita la capacidad de las personas físicas y morales para cumplir con esta obligación de manera flexible”.
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¿Qué pasa si no se garantiza el crédito fiscal?
El especialista advirtió que si el contribuyente no garantiza el crédito conforme a las nuevas reglas, el SAT podrá proceder al embargo de cuentas bancarias, bienes muebles e inmuebles, o incluso intervenir su negocio sin suspender los actos de cobro.
“La nueva redacción del artículo 141 refuerza la capacidad del SAT para actuar con rapidez y limitará la flexibilidad que hoy tiene el contribuyente. Se incrementa el riesgo operativo y financiero de quienes no cumplan oportunamente con la garantía”.

Además, el SAT ya no aceptará predios rústicos ni bienes intangibles (como derechos o marcas) en las garantías de prenda o hipoteca.También se prohíbe ofrecer el mismo bien como garantía en más de dos ocasiones.
Impacto en las pequeñas y medianas empresas
Los especialistas coincidieron en que las pymes y personas físicas serán las más afectadas, ya que muchas no tienen capacidad para inmovilizar capital o conseguir una carta de crédito.
Muchas pymes y personas físicas no tendrán la capacidad para inmovilizar capital o conseguir una carta de crédito”, comentó el fiscalista.
“En la práctica, el contribuyente podría no ejercer su derecho de defensa fiscal, si no logra garantizar primero el crédito fiscal conforme al nuevo orden”.
Pérez Góngora añadió que esta medida entorpece la actividad económica y aumenta la presión sobre los negocios formales.
“Desafortunadamente las reformas vienen a meter más trabas a la actividad económica de las empresas, y obviamente a las pequeñas y medianas empresas, son las que salen más perjudicadas”.
Con información de Reforma.
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